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La Audiencia de Gipuzkoa ordena investigar conjuntamente los dos vertidos de la incineradora

La Audiencia de Gipuzkoa ha ordenado acumular en una única investigación las diligencias que se instruyen sobre los vertidos de 2020 y 2022 procedentes de la incineradora de Zubieta, tal y como reclamaban GuraSOS y la Fiscalía.

Imagen de uno de los vertidos en la regata de Arkaitzerreka. (EAM)

La Audiencia de Gipuzkoa ha resuelto que hay una «necesaria conexidad» entre los vertidos contaminantes que se produjeron en mayo de 2020 y julio de 2022 a la regata de Arkaitzerreka desde la incineradora de Zubieta, por lo que ha ordenado que las diligencias que se instruyen en dos juzgados distintos se acumulen en una única única investigación, tal y como reclamaban la Fiscalía y GuraSOS.

De esta manera, ha resuelto la cuestión de competencia que mantenían dos juzgados de Instrucción de Donostia, el número 4 y el 5, en relación con el vertido contaminante que se produjo en julio de 2022 en la regata Arkaitzerreka, tras la denuncia interpuesta por la Fiscalía de Medio Ambiente.

El juzgado número 5, que instruía previamente las diligencias por el vertido de amoniaco de 2020, rechazó acumular la nueva denuncia del fiscal con las diligencias anteriores, y se inhibió en favor del Juzgado número 4, que estaba de guardia en la fecha de los hechos. Alegaba que los vertidos de 2022 serían responsabilidad de terceros, ajenos a las empresas encargadas de la puesta en marcha de la incineradora, que a su juicio no están actualmente vinculadas con la gestión de la misma, que se trataba de hechos nuevos y personas diferentes sin que existiera nexo causal ni temporal y que solo coincidía el espacio físico donde tuvieron lugar los vertidos.

Sin embargo, el juzgado número 5 rehusó dicha inhibición, al entender que las diligencias se debían enmarcar «en el mismo contexto de la actividad de la Planta de Valoración Energética de Resíduos (PVE) y la Planta de Tratamiento Mecanico Biológico (TMB), del denominado Complejo Mediomabiental de Gipuzkoa Fase I, por tratarse de sucesivos vertidos que se producen de la misma en distintas fechas [...], entendiendo que no se trata de un vertido nuevo y aislado sino que se trata de delitos conexos».

En un auto fechado el pasado 17 de abril, la Audiencia ha establecido ahora que compete al Juzgado de Instrucción número 5 de Donostia la investigación de los vertidos en un único procedimiento, al entender que «el planteamiento de la Fiscalía y de la Asociación GuraSOS, concordante con la posición del Juzgado de Instrucción número 4, es el punto de vista más correcto».

En su resolución, la Audiencia se sustenta en los análisis, inspecciones y atestado llevadas a cabo por el Seprona a instancias de la Fiscalía para determinar el origen de los vertidos contaminantes, y concluye que «no nos encontraríamos tanto con una actividad independiente del propio funcionamiento de la incineradora y realizada al margen de la misma por empresas ajenas a dicha actividad, sino que en todo momento se está refiriendo a vertidos similares a los ocurridos en el año 2020 y cuyo origen se sitúa en el funcionamiento del CMG».

El auto es firme y contra el mismo no cabe recurso.

GuraSOS: «Orientación correcta»

GuraSOS ha valorado positivamente la noticia porque «orienta correctamente la investigación de la contaminación que está originando la incineradora» y ha destacado que «se ha conseguido que exista una investigación conjunta y profunda sobre el incorrecto funcionamiento de la incineradora que ha dado lugar a una contaminación muy grave y persistente de las aguas subterráneas y superficiales».

«A partir de este momento, el Juzgado de Instrucción 5 deberá proceder a activar la investigación que mantenía paralizada desde noviembre», ha indicado.

El director de GHK y responsables de cuatro empresas están imputados por el vertido tóxico de mayo de 2020.