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Condenan a Renovask y Teusa a pagar 350.000 euros a un trabajador con cáncer por amianto

El operario fue diagnosticado de un mesotelioma pleural maligno en el Hospital Donostia el 27 de mayo de 2020 y declarado afectado de una incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad profesional en enero de 2021. Asviamie ha mostrado su satisfacción por la sentencia.

Concentración de la Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi ante los juzgados de Bilbo. (Marisol RAMIREZ | FOKU)

Las empresas Renovask y Teusa han sido condenadas a pagar 350.070,52 euros a un trabajador de 51 años que padece un mesotelioma pleural y tiene incapacidad absoluta por enfermedad profesional a causa de las fibras de amianto que respiró en obras de rehabilitación de viviendas.

Según ha informado este martes en un comunicado la Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi Asviamie, esa indemnización ha sido fijada por el Juzgado de lo Social número 2 de Donostia en una sentencia que estima la demanda del operario, tras el juicio celebrado a finales de marzo pasado.

El empleado reclamaba esa cuantía a varias empresas de construcción en las que había trabajado, pero el juzgado ha considerado probada su exposición al material cancerígeno en Renovask S.L. y Teusa Técnicas de Restauración S.A., que serán las que deberán abonar la indemnización de forma solidaria.

El operario fue diagnosticado de un mesotelioma pleural maligno en el Hospital Donostia el 27 de mayo de 2020 y declarado afectado de una incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad profesional en enero de 2021.

Un año después, el Juzgado de lo Social número 2 de Donostia dictó una sentencia en la que confirmaba que la enfermedad padecida por el trabajador derivaba de enfermedad profesional y que el afectado había estado expuesto al amianto en su actividad laboral.

Tras el correspondiente informe de Osalan, fue incluido además en el listado de trabajadores expuestos a amianto.

«Urgente extremar las medidas»

Asviasmie precisa que en este segundo fallo dictado ahora por la indemnización, se «declara acreditada la existencia de un nexo causal entre el comportamiento reprochable» de las empresas y «el resultado lesivo para el trabajador, procediendo la declaración de la responsabilidad civil empresarial solidaria».

Asimismo, muestra su «satisfacción» por la sentencia, que «sitúa la importancia del cumplimiento» de las medidas de seguridad con el amianto en las tareas de demolición y rehabilitación de vivienda. «Consideramos urgente, extremar las medidas de seguridad, incluso frente a los riesgos higiénicos, para evitar una segunda oleada de cáncer, entre los trabajadores de la construcción o en la ciudadanía, por contaminación ambiental, por la dispersión de las fibras cancerígenas. La Autoridad laboral no puede limitar su actividad a chequear los planes de trabajo, sin mayor control de la ejecución y la medición de la presencia de fibras cancerígenas».