El Supremo, ariete de la GC pese a contradecirse y acicate para reformar el Amejoramiento
Es muy poco habitual que todo un Supremo se enmiende, pero es lo que ha hecho esta sala contra el criterio de otra que avaló el derecho histórico navarro en materia de Tráfico en 2018. Ello fue base para esta transferencia. Ha preferido alinearse con Jucil para dar una batalla que debe perder.
Los servicios jurídicos de los gobiernos de Nafarroa y el Estado tendrán que ponerse este martes manos a la obra para solucionar el conflicto creado por el Supremo español al anular el real decreto de la transferencia de Tráfico. Pero es posible que en los pasillos del Alto Tribunal con sede en Madrid haya mayor crispación, porque, para dar la razón a una agrupación ultra de la Guardia Civil, esta sala de cinco jueces ha tenido que cargarse el criterio de otra anexa que en 2018 avaló esta materia como derecho histórico navarro. Aquella decisión era coherente con la realidad histórica, en la que la Policía Foral asumió exclusivamente la competencia de carreteras durante tres décadas hasta que Franco metió a la Guardia Civil.
Como jurisprudencia se entiende el conjunto de sentencias y otras resoluciones judiciales que van creando un corpus que asienta la interpretación del Derecho y evita contradicciones. Obviamente, el Constitucional y el Supremo, como máximos tribunales estatales, tienen responsabilidad especial en la definición de la misma; sus resoluciones «pesan» más.
Por eso resulta especialmente insólito que esta sala de lo Contencioso-Administrativo haya corregido absolutamente el criterio de la que en 2018 determinó en dos resoluciones que la regulación del Tráfico era una competencia histórica navarra. Esta sala no desconocía ese precedente, porque lo cita varias veces en esta sentencia. Pero entre dar la razón a Jucil o a sí mismo, ha optado por la Guardia Civil.
Se da la circunstancia de que los gobiernos de Pedro Sánchez y María Chivite optaron por esta fórmula del real decreto, precisamente porque contaban con la base argumental de estas decisiones del Supremo. Y así lo expresó textualmente Moncloa en la nota entonces emitida. Para entendernos, ahora el Supremo dinamita el suelo de la transferencia que él mismo había puesto.
Un remedio y una patata caliente para UPN
Quizás por ello, para quitar hierro al sabotaje interno, esta sentencia del lunes remarca que la anulación se debe a una cuestión técnica y expone incluso dos posibles vías de solución. Así que la lehendakari navarra, María Chivite, ya ha dejado claro en su reacción posterior que esta decisión es grave, pero no zanjará el proceso, sino que acaso lo retrasará.
Recogiendo el guante del Supremo, la vía más directa hacia el reinicio de la transferencia la ha expuesto esta mañana en Radio Euskadi el jurista experto en la materia (y exparlamentario de IU) Miguel Izu. En unos meses se puede articular una ley orgánica de delegación de competencia, para lo que existen mayorías tanto en Iruñea como en Madrid. Es lo mismo que se hizo ya en Catalunya para facilitar algunas transferencias previamente a la reforma del Estatut en 2006. Con la legislatura recién iniciada en ambas administraciones, no debería temblar el pulso para ello.
Como quiera que el proceso de sustitución de la Guardia Civil por la Policía Foral está siendo paulatino, y además complementado por la llamada «pasarela» que facilita que agentes de uniforme verde pasen al rojo, completar la transferencia solo sería cuestión de tiempo. Y a quien más puede acabar incomodando el trámite extra es a UPN: ¿Va a votar en contra de una ley orgánica que delegue competencias desde el Estado a Nafarroa? La cuestión del Tráfico no deja de apelar al autodenominado «navarrismo» hace ya muchas décadas.
Al fondo, el Amejoramiento
En un segundo bote, la decisión del Supremo es también una invitación no solo a acelerar la reforma del Amejoramiento (ahora a mero estudio en ponencia parlamentaria) sino también a tomársela muy en serio en cuanto a contenidos. Izu ha precisado que efectivamente cuando el estatuto navarro se aprobó en 1982 –sin luz, taquígrafos ni refrendo ciudadano– no se detalló con la claridad debida que la competencia de Tráfico históricamente era navarra y, por tanto, debía volver a serlo. Por la rendija de esa indefinición se ha colado esta sentencia del Supremo.
Su injerencia conlleva, además, un aviso a navegantes, porque Miguel Izu ha explicado que algo similar ocurre en el Estatuto de Gernika con la Ertzaintza, con la única diferencia de que de 1979 a aquí no ha habido un Jucil que llevara el tema a litigio.
La sentencia del Supremo debilita en el fondo los argumentos de los autonomistas clásicos, porque delata que el Estatuto y el Amejoramiento no garantizan blindaje ni siquiera a las competencias más o menos reconocidas. Y sobre un terreno inestable, es sabido que los tribunales españoles no tienen empacho en poner el criterio de un grupúsculo policial sobre el de dos gobiernos, ni en avalar las decisiones de Franco sobre las de la Transición.