El Ejecutivo navarro argumenta que ha adoptado esa decisión en cumplimiento del artículo 8 de la Ley de Símbolos, que establece que en los edificios municipales únicamente ondearán las banderas de cada localidad, la de Nafarroa, la del Estado español y la de Europa, cuando así se establezca.
La Ley Foral de Símbolos establece igualmente que serán nulos de pleno derecho los actos y las resoluciones de cualquier corporación o autoridad que contradigan lo dispuesto en dicha Ley Foral.
El Gobierno de Navarra basa dicha actuación judicial en tres informes de la Policía foral en los que se constata que el día 12 de agosto en Leitza y el 15 de agosto en Etxalar y Goizueta, en las fachadas de sus casas consistoriales, había colocadas tres banderas, la tricolor roja, verde y blanca; la roja con las cadenas y la de cada pueblo.