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Iruñea

Permiten una concentración en Iruñea con motivo del Primero de Mayo, pero no una caravana

El TSJN ha autorizado la concentración convocada por CGT, ESK, Solidari y Steilas para mañana, con motivo del Primero de Mayo, y prohibida, en un principio, por la Delegación del Gobierno español. Por contra, ha ratificado la prohibición de la caravana de vehículos convocada por LAB.

El Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa (TSJN) ha autorizado una concentración sindical estática de seis personas, convocada para mañana, 1 de mayo, en Iruñea por los sindicatos CGT, ESK, Solidari y Steilas con motivo del día internacional de los trabajadores, al entender que no hay riesgo para la salud de las personas.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN, que ha revocado la prohibición decretada por la Delegación del Gobierno español en Nafarroa, sostiene que en el estado de alarma «se puede restringir, pero no suprimir, el derecho fundamental de manifestación, capital en un Estado de derecho».

El promotor presentó recurso ante el TSJN contra la denegación de la concentración prevista en la plaza de Recoletas de la capital navarra, con la presencia de seis sindicalistas, guardando las distancias de seguridad.

Al respecto, la Sala recalca en la sentencia, contra la que no cabe recurso, que «los derechos fundamentales, como el de manifestación, solo se pueden suspender en el estado de excepción, no en el estado de alarma».

En el acto autorizado, los magistrados valoran que «es una concentración estática, no dinámica, corta en el tiempo, de cuarenta minutos, en la que solo van a participar seis personas y, asimismo, van a guardar las distancias de seguridad entre las mismas y van a respetar las medidas de higiene dictadas por las autoridades sanitarias».

Confirma la prohibición de una caravana de 20 vehículos

Por otra parte, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN ha confirmado la prohibición decretada por la Delegación del Gobierno de las caravanas de coches impulsadas por el sindicato LAB que se iban a celebrar mañana, a partir de las 10:00 y con una duración de 90 minutos, en Iruñea, Tafalla, Lizarra y diversas localidades de Sakana.

En este supuesto, debido a esta interacción de la marcha, el Tribunal Superior aprecia «un riesgo para las personas que no se puede controlar», por lo que ratifica la denegación gubernativa.

Al contrario que en la anterior resolución judicial, los magistrados argumentan que esta manifestación «es dinámica tanto en su preparación como en su desarrollo y ejecución posterior».

Esta marcha, prosigue la Sala, «es amplia en el tiempo», al tratarse de una hora y media de duración, y «cuantitativamente significativa en su participación», argumentando que alguna de las caravanas estaba previsto que transcurriese por varios municipios.