@albertopradilla
MADRID

El TS confirma la incautación de 107 «herriko tabernak»

La Sala Segunda del Tribunal Supremo español ha confirmado la incautación de 107 «herriko tabernak» decretada por la Audiencia Nacional española en su causa general contra HB, cuyo fallo se hizo público en julio del año pasado. Además, rebaja la pena a Rufi Etxeberria, Joseba Permach, Joseba Alvarez, Karmelo Landa y Juan Kruz Aldasoro. 

Protesta en agosto de 2014 ante la «herriko» de Zarautz, una de las que el TS ha ordenado incautar. (Gorka RUBIO/ARGAZKI PRESS)
Protesta en agosto de 2014 ante la «herriko» de Zarautz, una de las que el TS ha ordenado incautar. (Gorka RUBIO/ARGAZKI PRESS)

El Tribunal Supremo español ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional y confirma la incautación de 107 «herriko tabernak» que serán subastadas, según señala el fallo hecho público hoy por la Sala Segunda. Además, los jueces rebajan la pena de prisión a Rufi Etxeberria, Joseba Permach, Joseba Alvarez, Karmelo Landa y Juan Kruz Aldasoro de tres años de cárcel a 1 año y 10 meses. Los magistrados han estimado parcialmente el recurso de la defensa y han aplicado a los cinco militantes independentistas el mismo grado de atenuante de dilaciones indebidas que se utilizó con los otros 15 encausados, a quienes se mantiene las penas de prisión. Esto implica que, en principio, ninguno tendría que ser encarcelado.

En su exposición, el ponente Juan Ramón Berdugo mantiene las tesis de la Audiencia Nacional española y condena por «pertenencia» o «colaboración» con «organización terrorista» a los 20 dirigentes de la izquierda abertzale que se sentaron en el banquillo en el proceso 35/02, una macrocausa general contra HB, EH y Batasuna.

El fallo, de 728 folios, considera probado que las «herriko tabernak» prestaban «un servicio financiero al Movimiento de Liberación Nacional Vasco (MLNV)». Tal y como señalaba la sentencia de la Audiencia Nacional, asegura que se trataban de infraestructuras utilizadas por lo que denomina «organizaciones satélites de ETA» como KAS/EKIN, Jarrai/Haika/Segi, Herri Batasuna o Gestoras Pro Amnistía y que «estaban controladas por el fente militar» de la organización armada. Además, afirma que durante la vista oral quedó probado que los locales de las asociaciones culturales pertenecían a la coalición abertzale ilegalizada en 2003. La sala acuerda dejar sin efecto el comiso de los bienes de Antxeta Elkartea, de Pasaia; Harotz Toki Elkartea e Irati, de Arrasate; y Gorgo Mendi, de Oñati. 

Siguiendo con la teoría desarrollada por Baltasar Garzón a finales del siglo XX, los jueces del TS creen que «una organización terrorista» no solo utiliza las armas para conseguir sus fines sino también organizaciones que «aunque parezcan legítimas en su acción política, que en sí misma no es delictiva, obedecen las consignas y funcionan bajo su dirección». 

Los magistrados rechazan el recurso interpuesto por la defensa y niegan que se hayan vulnerado los derechos de libertad ideológica, libertad de expresión, reunión, asociación y participar en actos públicos.

Para protestar por la sentencia del Supremo se han convocado concentraciones esta tarde ante las «herrikos».