El Tribunal Constitucional español ha acordado por unanimidad anular la convocatoria de un referéndum soberanista en Catalunya y denunciar ante el fiscal a la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y a los miembros soberanistas de la Mesa por haberle desobedecido al adoptar la resolución de promoverlo.
De este modo, el Constitucional ha aceptado el incidente de ejecución que le planteó el Gobierno español contra la resolución del Parlament que convocaba la consulta.
Aunque el TC no entra a decir si existe o no delito, el fiscal presentará una querella, en los próximos días, con toda probabilidad, contra Forcadell y contra los miembros de la Mesa afectados: Lluis Corominas, Anna Simó, Joan Josep Nuet Y Ramona Barrufet.
La resolución, respaldada con la mayoría absoluta de 72 diputados de JxSí y CUP en la votación del debate de política general, establece que el referéndum sobre la independencia sea vinculante y se celebre «como muy tarde» en setiembre de 2017, haya o no acuerdo con el Estado español.
De esta forma, lo que el Constitucional ha hecho ha sido aceptar el incidente de ejecución que le planteó el Gobierno español contra la resolución del Parlament que preveía la futura convocatoria de una consulta independentista, resolución que ya había suspendido cautelarmente y que ahora anula de manera definitiva.
Será la segunda denuncia penal por parte del TC contra Forcadell y también la segunda querella del fiscal contra ella, a la que ya acusó de desobediencia al TC y prevaricación al permitir votar la hoja de ruta independentista.
El TC, además, ha apercibido a los ya citados, pero también al president de la Generalitat, Carles Puigdemont, y a los miembros de su Gobierno, de que, si convocan un referéndum incumpliendo su resolución, incurrirán en «posibles responsabilidades penales». Literalmente, el pleno ha acordado «deducir testimonio de particulares a fin de que el Ministerio Fiscal proceda, en su caso, a exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder» a los ya citados.
Junto a ello, ha anulado, por ser contrarias a la Constitución, los apartados de la resolución 306/XI del Parlament titulados ‘Referéndum’ y ‘Proceso Constituyente’, incluidos en el título ‘El futuro político de Catalunya’.