En un auto, la Sección Primera de lo Penal, integrada por la misma Concepción Espejel, Manuela Fernández Prado y Eduardo Gutiérrez, alega que la ley exige plantear la recusación tan pronto como se conozca el tribunal que va a juzgar la causa y que «se inadmitirán» aquellas peticiones que no se realicen en un plazo de 10 días desde la notificación de la primera resolución en la que se da a conocer a los jueces encargados del procedimiento.
Según su auto, se sabía que Espejel iba a juzgar estos hechos desde junio de 2017, cuando la juez tomó posesión como presidenta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y de la sección primera.
Sin embargo, las defensas de los jóvenes de Altsasu plantean en el incidente de recusación presentado esta mañana que hasta el pasado 13 de febrero no conocieron la intervención de Espejel en el tribunal encargado de juzgar los hechos, algo que, según el auto, «no puede estimarse así».
La defensa pedía la abstención y, subsidiariamente, instaba a la recusación, al entender que la jueza Espejel no puede ser imparcial al estar casada con un coronel de la Guardia Civil y haber sido condecorada por ese cuerpo militar.
Los jueces sostienen que «si las causas de recusación eran previamente conocidas por su publicidad, el plazo para plantearlo empezó a correr, al menos, desde la resolución del 21 de junio de 2017 de confirmación del auto de conclusión», la primera que firmó Espejel.
Tras esta decisión, Espejel seguirá al frente del tribunal que juzgue a los ocho jóvenes de Altsasu desde el próximo 16 de abril por la trifulca con dos guardias civiles y sus parejas en octubre de 2016, que se enfrentan a penas de hasta 62 años de prisión.