NAIZ

El Vaticano publica un manual para los clérigos con pautas para tratar los abusos a menores

El Vaticano ha publicado un manual para aclarar a sus clérigos las pautas a seguir cuando tienen constancia de abusos sexuales a menores, en el que subraya que el anonimato de la denuncia no debe presuponer la falsedad de la acusación, así como la necesidad de comunicarla a las autoridades civiles.

Plaza de San Pedro, en el Vaticano. (Vincenzo PINTO/AFP)
Plaza de San Pedro, en el Vaticano. (Vincenzo PINTO/AFP)

El Vaticano ha publicado un vademécum para aclarar a sus clérigos en todo el mundo qué hacer en caso de tener constancia de abusos sexuales a menores.

El documento se esperaba desde que terminó la cumbre sobre los abusos, a la que el papa Francisco convocó en febrero de 2019 a las conferencias episcopales de todo el mundo.

Se trata de una lista de pautas de carácter técnico que indican los procedimientos que deben seguirse en caso de recibir o conocer una denuncia de abusos sexuales a menores, para lo que se repasa la legislación ya vigente en la actualidad en la Santa Sede.

De hecho, el texto no es normativo, no cambia la legislación sobre el tema, sino que ha sido pensado para ayudar a los entes eclesiásticos a «comprender y a cumplir de la mejor forma las exigencias de la justicia» sobre esos delitos.

El secretario de la Congregación, Giacomo Morandi, ha indicado que el documento «no promulga ninguna nueva norma» pero que la verdadera novedad es que «por primera vez el procedimiento se describe de forma organizada», desde la denuncia de un caso hasta el juicio.

Definición del delito

En sus quince páginas se estipula detalladamente qué hacer cuando un clérigo recibe información sobre un caso de abuso, cómo valorar su verosimilitud, cuándo y cómo abrir una investigación previa sobre los hechos y el modo de cooperar con las autoridades civiles.

El vademécum empieza definiendo el delito: «Todo pecado externo contra el sexto mandamiento (no cometerás actos impuros) del decálogo cometido por un clérigo con un menor», entendido como toda persona menor de los 18 años de edad, aclarando que «el grado de madurez sexual», en el caso de adolescentes, «no influye en la definición canónica del delito».

Se subraya que su tipología es «muy amplia» y abarca numerosos supuestos: desde relaciones sexuales «consentidas o no consentidas» al contacto físico con intención sexual, masturbación, producción de pornografía o inducción a la prostitución.

El anonimato no supone la falsedad de la denuncia

El texto establece que, aunque no haya una denuncia formal, toda información sobre un posible delito debe llegar de cualquier modo al ordinario o al jerarca. También asegura que el anonimato del denunciante en ningún caso debe llevar «a suponer automáticamente que la noticia sea falsa».

Sin embargo, incide en que se debe tener la suficiente cautela al tomar en consideración este tipo de noticias.

«Incluso en ausencia de una explícita obligación legal, la autoridad eclesiástica dé noticia a las autoridades civiles competentes cada vez que considere que esto es indispensable para tutelar a la persona ofendida o a otros menores del peligro de eventuales actos delictivos», manifiesta.

Además recuerda que el documento papal ‘Sacramentorum sanctitatis tutela’ (2010) ya introdujo tres nuevos delitos contra menores por «adquirir, retener y divulgar imágenes pornográficas por parte de un clérigo con un fin libidinoso».

Deber de vigilancia

A su vez, incide en el «deber de vigilancia del ordinario y del jerarca», al que no se exime de estar informado sobre la conducta en este ámbito de los clérigos a su cargo, «sobre todo si ha tenido conocimiento de sospechas, comportamientos escandalosos o conductas que perturban el orden».

El prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, Luis F. Ladaria Ferrer, ha explicado que la intención es ayudar a los miembros del clero en todo el mundo en «la delicada tarea» de gestionar estos casos tras las «numerosas solicitudes» que han llegado a la Congregación por parte de obispos, ordinarios, superiores de Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica,

Monseñor Morandi ha reconocido que el fenómeno de los abusos está presente en todos los continentes, como han demostrado los casos de Chile, Estados Unidos, Australia, por ejemplo, y la Santa Sede aún recibe «denuncias de hechos antiguos» y recientes.

A juicio de Morandi, estas pautas sobre el tratamiento de estos casos  no serán suficientes «sin una formación adecuada, un discernimiento cuidadoso, una prevención serena, pero decidida».

El manual está sujeto a futuras actualizaciones en función de eventuales cambios legislativos en el Vaticano o a las peticiones que se puedan recibir por parte de los clérigos.

Las víctimas creen que lo prioritario es la gestión judicial

El presidente de la Red de Víctimas de Italia, Francesco Zanardi, ha opinado que este instrumento puede ser útil de puertas para adentro, pero no ataja algunos de los problemas de fondo.

Por ejemplo ha señalado que la descripción de delito basada en el sexto mandamiento sitúa a Dios como principal víctima y ha defendido que estos casos sean gestionados prioritariamente por las autoridades judiciales del país donde se producen. Independientemente de que el Vaticano emprenda un juicio penal o canónico contra el acusado.

Desde la cumbre antipederastia que el Vaticano organizó en febrero del año pasado, la Iglesia católica ha ido dando algunos pasos como este, a la vez que se ha sucedido nuevas denuncias y juicios contra algunos de sus jerarcas.

Así, en diciembre el papa Francisco eliminó el secreto pontificio ante «las denuncias, los procesos y las sentencias» concernientes a los delitos de abusos sexuales a menores y adultos vulnerables, según se recoge en una ordenanza que limita la confidencialidad de las causas relacionadas con la pederastia.

El propio Vaticano adoptó leyes de protección a menores en su territorio y en sus nunciaturas.

Absoluciones de Pell y Barbarin

Poco después, la Justicia francesa absolvió al cardenal y arzobispo de Lyon, Philippe Barbarin, el más alto dignatario católico del Estado francés, juzgado y condenado en primera instancia por haber encubierto los abusos sexuales cometidos por un exsacerdote de su diócesis.

Barbarin era uno de los clérigos más influyentes en el Estado francés y muy cercano al propio papa Francisco.

En marzo, la Justicia condenó al prelado de 69 años a seis meses de prisión condicional exentos de cumplimiento por no haber denunciado ante los tribunales las agresiones cometidas por el entonces sacerdote Bernard Preynat, un cura de su diócesis, contra jóvenes scouts, entre 1971 y 1991.

El cardenal presentó entonces su dimisión, que fue rechaza por el pontífice, aunque aseguró que volvería a presentarla.

Al menos 3.000 niños o menores han sido víctimas de abusos sexuales dentro de la Iglesia Católica en el Estado francés desde 1950, según informó el mes pasado Jean-Marc Sauve, el presidente de una comisión independiente creada para investigar las denuncias. 

Unos 1.500 clérigos y otros funcionarios de la iglesia perpetraron estos abusos en las últimas décadas, según este informe.

Y el pasado mes de abril, el Tribunal Superior de Australia anuló la condena de seis años de prisión contra el cardenal George Pell, extesorero y «número tres» del Vaticano, por abusos sexuales contra dos menores en los años 90.

El pleno de los magistrados de la más alta instancia judicial del país constató «una posibilidad significativa de que una persona inocente haya sido condenada porque las pruebas no establecieron la culpabilidad con el nivel de prueba requerido». No cabe otro recurso.