Hacia un estado de alarma troceado
La petición de nueve Comunidades (incluidas la CAV y Nafarroa) para la declaración del estado de alarma ha dado pie a que se celebre hoy un Consejo de Ministros que podría acabar con una declaración de excepcionalidad por zonas. El mando único que asumió Pedro Sánchez en la primera ola no tendría por qué volver a darse en esta ocasión.
A los gobiernos autonómicos se les ha quedado corta su soberanía a la hora de imponer las restricciones necesarias para poner freno y, en su caso, reducir la incidencia de la pandemia. Los tribunales han cuestionado la autoridad del lehendakari para limitar el derecho de reunión a seis o diez personas, y se han producido sentencias similares en otras partes. Es cierto que los distintos Tribunales Superiores de Justicia están emitiendo sentencias erráticas, como acostumbran. No obstante, si se quieren aplicar las restricciones que los epidemiólogos aconsejan con cierta seguridad jurídica y de forma ágil, no cabe otra que activar un estado de alarma, que es la fórmula que se prevé para «crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves».
El Gobierno español se reúne hoy y, si se cumplen todas las quinielas, declarará algún tipo de estado de alarma. Pese a ser esta una medida extrema, cuenta con potestad suficiente si reúne a sus ministros, dado que el estado de alarma es una medida para emergencias y, por tanto, se adopta con rapidez. De hecho, una petición por parte de una autonomía para que se decrete el estado de alarma ya obliga a convocar un Consejo de Ministros extraordinario. Otra cosa es mantener un estado de alarma, puesto que la ley exige su revisión en el Congreso cada quince días.
El anterior estado de alarma –el decretado en marzo– no le fue al Gobierno de Pedro Sánchez demasiado bien. Su escuálida mayoría parlamentaria le hizo pasar muchos apuros durante las sucesivas renovaciones. Por ejemplo, ya durante la desescalada, EH Bildu le sacó la promesa de derogar la Reforma Laboral a cambio de aguantar un par de semanas más. Por tanto, cabe esperar que el estado de alarma que se presente hoy sea muy diferente.
La Ley Orgánica 4/1981 que rige el estado de alarma ya prevé que este sea solicitado por presidentes autonómicos. La Comunidad Autónoma Vasca, Nafarroa, Catalunya, la Comunidad Valenciana, Asturias, Extremadura, La Rioja, Castilla La Mancha y la colonia de Melilla (gobernada por Ciudadanos) piden que se establezca esta medida excepcional en sus respectivos territorios. Ninguna de estas administraciones está gobernada por el PP, que sigue en su huida hacia adelante tras la rocambolesca situación creada en la Comunidad Madrid.
El estado de alarma no tiene por qué afectar a todo el Estado. De hecho, está pensado para que no sea así. El mismo artículo 16 de la Constitución española recoge que el decreto del Gobierno para instaurar la alarma debe indicar «el ámbito territorial al que se extienden los efectos de la declaración».
Que la CAV, Nafarroa y Catalunya se lancen a estas peticiones y, a su vez, exijan que sus presidentes sigan siendo la máxima autoridad en la gestión de la epidemia tampoco resulta una extravagancia. La citada Ley Orgánica que desarrolla los tres estados de excepcionalidad que permiten restringir derechos fundamentales (alarma, excepción y sitio), ya recoge que «a los efectos del estado de alarma la Autoridad competente será el Gobierno o, por delegación de éste, el Presidente de la Comunidad Autónoma cuando la declaración afecte exclusivamente a todo o parte del territorio de una Comunidad». Por tanto, aquello del mando único que se arrogó Sánchez durante la primera ola, fue algo puramente arbitrario y pensado, quizás, para que cuadrara en ese discurso militarista que acompañó al presidente español esos meses.
Una redacción diferente
Lo esperable es que el Ejecutivo español no sea tan torpe esta vez, ya que un apoyo estable de los partidos que dirigen Lakua y la Generalitat –así como de EH Bildu– le garantizarían las sucesivas prórrogas del estado de alarma que se antojan, salvo milagro, necesarias para bajar la incidencia el virus. Para ello, los partidos soberanistas e independentistas deberán sentirse cómodos con el papel que les otorga la nueva situación.
Aun con todo, la ley 4/1981 indica que el Gobierno puede o no delegar el papel al presidente autonómico. El poder real, por tanto, sigue estando en La Moncloa, tal y como ha sucedido en el estado de alarma que Sánchez fijó para la Comunidad de Madrid estos últimos 15 días.
Algunos detalles de la eventual declaración parecen bastante mascados, ya que se avanzó bastante en la cumbre interterritorial del jueves, donde se habló de cuatro niveles, que llevarían aparejadas ciertas restricciones comunes y otras se dejan a juicio de la comunidad. Los poderes del estado de alarma solo serían imprescindibles en el cuarto nivel.
Habrá que ver cómo se las ingenia Sánchez para conjugar estados de alarma localizados con esa pauta general de actuación por niveles que tiene en contra al PP.
Más que un toque de queda
Lo que mueve las peticiones de alarma es la capacidad para «limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos». Esto solucionaría el problema que tuvo el lehendakari a la hora de restringir reuniones y, de paso, la capacidad para establecer un toque de queda.
Sin embargo, la profundidad de las medidas que se pueden imponer con un estado de alarma resulta mucho mayor, si se aplica con todas sus consecuencias. Permite, como se estipuló nominalmente en marzo, que la Sanidad Pública tome el control de la privada y permite expropiar cualquier tipo de bienes, hacerse con la distribución de medicamentos, etc. Tras la declaración, la Autoridad puede hacer casi lo que se le antoje si ello es útil para frenar la epidemia.