«Es una barbaridad tener a alguien 20 años preso en régimen cerrado»
La magistrada Vicente, miembro del Secretariado de Jueces y Juezas para la Democracia, ve «totalmente negativo» que el 80% de los presos vascos sigan en primer grado. Y lamenta que el Derecho Penal español «se castiguen cada vez más conductas».
Frena un momento su actividad en el Juzgado de lo Penal de Toledo para esta entrevista con GARA. Su tribunal opera en Talavera de la Reina, la ciudad más grande de la provincia manchega que linda al sur con Madrid. Hace un mes participó en una jornada del Foro Social Permanente en Madrid sobre la política carcelaria aplicada a los presos vascos. Vicente se considera una firme defensora de la reintegración en la sociedad, aunque admite que no todos piensan igual. Critica la ley de 2003 de Aznar y reprocha la falta de recursos para el Poder Judicial, además de expresar su alarma por una tendencia cada vez más punitiva en la legislación..
El Gobierno español ha emprendido una cierta apertura en política penitenciaria, con acercamientos por ejemplo. Pero son decisiones de Instituciones Penitenciarias, no judiciales, ¿ve lógico que los jueces mantengan la misma posición que cuando ETA atentaba?
La ley antiterrorista que introdujo Aznar en 2003, cuando entró en vigor, en lo penitenciario es mucho más grave que antes. Si esos delitos se cometieran ahora serían mucho mayores las penas. Y la derogación de esta ley es muy difícil. No la defiendo pero sí creo que existen mecanismos [para mejorar la situación de los presos] y se están implantando.
Pero entonces, ¿esa mejora se puede esperar sólo de la mano de decisiones administrativas?
La competencia del régimen interno es de Instituciones. La actuación del juez de Vigilancia Penitenciaria en muchas ocasiones no llega a lo que es el régimen administrativo del propio centro. Sí interviene cuando hay vulneraciones de los derechos de los presos o a la hora de definir la libertad. En 2003 se introdujeron artículos, normas del Código Penal que al juez le obligan a imponer. Es el caso del ‘periodo de seguridad’ en el que se le dice al juez que tienen que cumplir la mitad de la condena. El juez «impondrá», dice, no «podrá imponer». Y la actual ley de marzo de 2015 es mucho peor, tiene prisión permanente revisable en forma automática, que fue pensada más para terrorismo islámico, por ejemplo. Cambiar cualquiera de estas cosas es difícil porque el Código Penal no se puede derogar por trozos, requeriría hacer una reforma integral.
¿Cómo es eso? ¿Ve una involución penal en general?
La reinserción se pretende pero no hay medios, ni materiales ni personales. Estamos muchas veces a ciegas. Yo estoy en juzgado penal y condeno por desgracia a mucha gente. Aunque la ley orgánica diga que se intentará que los presos estén cerca de su núcleo, me sucede que presos con familia en Talavera (Toledo) están cumpliendo en Ourense. La política penitenciaria es de pocos recursos.
En nuestro código se empiezan a castigar conductas por legislar en caliente, tal vez en función de los vaivenes políticos. Es el Derecho Penal del Enemigo, como se le llama; tipifica cada vez mas conductas. Delitos como conducir sin carnet... no sé si eso eso lo que la sociedad está demandando. Pero creo que la situación legislativamente resulta cada vez más complicada, los políticos cambian las leyes, donde decían A luego es B, no escuchan a los que tienen que escuchar, a los que están en el día a día..
Más del 80% de estos presos vascos siguen en primer grado, en algunos casos durante más de 20 años. ¿No influye ello negativamente, al impedir salidas a la calle y restringir contactos?
Sí, totalmente de acuerdo. Influye y por supuesto creo que es una barbaridad tener a alguien 20 años en régimen cerrado o especial, donde todavía aún es mas restrictiva la vida que la de un preso en segundo grado. Ese es el llamado «periodo de seguridad» para el Código Penal. La gente con delitos de terrorismo tiene que cumplir la mitad de la condena para poder evolucionar al régimen de semilibertad. El tenor es «impondrán» o «deberán cumplir», los jueces no tienen margen para que puedan acceder a contacto con la sociedad antes de eso.
Esta es una cuestión de sentido común, de entender que, aunque estar en prisión suponga un castigo y para la sociedad sea un castigo bien merecido, no cabe duda de que necesitamos que esa persona vuelva a la sociedad y se resinserte. No hablo sólo de presos por terrorismo sino de la gran mayoría de los presos, es lamentable como están. No porque los traten mal sino porque no tienen capacidad de volver a la vida en sociedad, no tienen medios, los servicios sociales no dan cita. Hay solo un psiquiatra por instituto penitenciario, por ejemplo. Yo sí creo en la reinserción y creo que es posible.
¿Está en la reflexión de los jueces la situación de los familiares, condenados en muchos casos a hacer 2.000 kilómetros ida y vuelta para visitar a los presos durante 40 minutos?
Los jueces no intervenimos en nada que no sean los traslados. En los que son la vida interior y las salidas programadas, no tenemos intervención. Se pueden hacer recursos contencioso-administrativos, pero los fallos dicen que no es derecho fundamental. Muchas veces puede ser que algunos jueces no sean conscientes de ese drama. El tema de la dispersión es un castigo desde el ámbito político.
Recientemente Estraburgo ha condenado de nuevo al Estado español por no aceptar a trámite recursos al TC de presos vascos. Antes fue la anulación de la doctrina Parot, o de la condena de Bateragune... ¿hacen mella estos posicionamientos europeos sobre los jueces?
Para nosotros son importantísimos estos posicionamientos porque nos centran el punto de referencia a seguir. Hay algunas resoluciones que han sido duras pero son justas, como las de la doctrina Parot. Creo que todos le hacen caso, no he conocido ninguna resolución que diga lo contrario.