GARA
IRUÑEA

Yllanes pide borrar las noticias relacionadas con la muerte de Laffage y la AN lo rechaza

Diego Yllanes, autor de la muerte de Nagore Laffage en los sanfermines de 2008, solicitó, invocando su «derecho al olvido», que Google retirara las noticias relacionadas con los hechos por los que resultó condenado. La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso.

Diego Yllanes, durante el juicio.
Diego Yllanes, durante el juicio. (POOL)

La Audiencia Nacional española ha desestimado el recurso presentado por Diego Yllanes, autor de la muerte de Nagore Laffage en los sanfermines de 2008, en el que invocaba su «derecho al olvido» y solicitaba que Google retirara las noticias relacionadas con los hechos por los que resultó condenado. La Sala considera que «prevalece la libertad de información y expresión frente al Derecho al Olvido».

Yllanes fue condenado a doce años de cárcel por un delito de homicidio con la circunstancia de agravante de abuso de superioridad, pero con las atenuantes de reparación e intoxicación etílica.

Unos meses después del cumplimiento íntegro de su condena solicitó primero ante Google y después ante la Agencia Española de Protección de Datos el bloqueo de varios enlaces a noticias de prensa que recogían informaciones sobre los hechos por los que fue condenado y sobre su posterior libertad condicional. El demandante alegaba que «a pesar de no cometer ningún delito sexual», distintos medios de comunicación le vinculaban con este tipo de delitos y, por ello, solicitaba «la desindexación de esas informaciones» por «vulnerar sus derechos fundamentales a la privacidad o protección de datos» y por «incluir datos de carácter personal erróneos».

La sentencia señala que el caso tuvo una especial repercusión por las circunstancias del hecho y el momento en que se produjo «y sigue siendo objeto de atención de los medios» que, en ocasiones, lo han asociado con otros hechos castigados como delitos contra la libertad sexual de las víctimas ocurridos en Iruñea.

Entiende que no se trata de una información «manifiestamente inexacta», sino que el hecho por el que fue condenado se asocia con otros en que las víctimas fueron también mujeres. Para el tribunal, «debe prevalecer el derecho a la libertad de información».