32 progresiones de grado este año, muy lejos aún de lo que marca la ley
Sare hizo ayer balance detallado de las «luces y sombras» en la evolución penitenciaria de los últimos doce meses. El número de terceros grados ha aumentado (32 aprobados por Lakua, 6 de ellos recurridos por la Fiscalía) pero resulta aún más insuficiente porque «más de un centenar podría estar en semilibertad o incluso libertad condicional».
Como ha hecho en el mes de agosto de los últimos años, Sare ha ofrecido balance muy detallado de la evolución penitenciaria en estos doce meses «de los presos y presas encarcelados por su pertenencia o colaboración con ETA, organización cuyo nombre, pese a haber desaparecido hace más de seis años, se continúa utilizando como comodín de confrontación», constata. Advierte «luces y sombras» e incide de nuevo en la necesidad de desmontar políticamente las legislaciones de excepción y superar el «enroque judicial».
Fueron Joseba Azkarraga y Nahikari Iturbe quienes resumieron ayer este balance, en rueda de prensa en Donostia. Primero, los datos. Y entre ellos, uno que resume bien la situación: entre agosto de 2023 y el actual mes las Juntas de Tratamiento de las cárceles de la CAV han propuesto 34 progresiones de grado de estas personas, de las que Lakua ha aprobado 32, el Ministerio Fiscal ha recurrido 6, en 5 de ellas ello ha acarreado la suspensión inmediata del tercer grado (con reingreso en prisión) y 4 de la 6 han terminado siendo aceptados por el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria, con lo que se ha revocado el tercer grado.
Si bien ello supone un ligero avance respecto a balances anteriores, «falta un largo recorrido para poder hablar de normalización penitenciaria, puesto que con el tiempo de condena cumplida podrían ser más de un centenar las personas presas en régimen de semilibertad e incluso libertad condicional», dijeron Iturbe y Azkarraga. Para Sare, en los tres años transcurridos desde que Lakua asumió la competencia estas progresiones a tercer grado «se han realizado de manera limitada, contenida».
Hay dos matices que añadir aquí. Uno, que las citadas 34 propuestas suponen en realidad un número menor de presos, puesto que a algunos de ellos se les ha aprobado en más de una ocasión. Y el segundo, más grave y revelador: «La inexistencia de propuestas de acceso a tercer grado destinadas a presos y presas en edad avanzada. Son varios los que superan los 70 años, edad para la cual la legislación establece expresamente la posibilidad de acceso anticipado a tercer grado, y en todos los casos llevan cumplidos más de 20 años ininterrumpidos y con estados de salud no graves pero sí delicados, como corresponde a dichas edades», denuncia Sare. La red afirma que «personas con estos perfiles no deberían estar, en ningún caso, en prisión».
ARTÍCULO 100.2 Y PERMISOS
Entre las «luces» del informe está el avance en la aplicación del artículo 100.2, que supone una flexibilización del régimen carcelario facilitando de paso el tránsito a tercer grado. Sare explica que en estos doce meses se ha concedido a 20 presos, con lo que pueden salir durante el día a realizar labores de voluntariados, formación o trabajos remunerados, «y de esta forma prepararse para su inserción total. Es otra forma de cumplimiento prevista en la ley y aprobada por los jueces», recuerdan.
Sare saluda que en este ámbito Lakua va «superando la excesivamente precavida y tímida aplicación de este instrumento». Cita que al inicio lo limitaba a horarios muy reducidos y labores restringidas. Al aceptarse por ejemplo que quienes salen puedan trabajar en empresas, ello se ha traducido en horarios más amplios.
La red ha trasladado a la Administración penitenciaria de los tres herrialdes que también aquí puede hacerse mucho más: «El 100.2 puede ser utilizado para la conciliación de la vida familiar» o «en su caso, la reconstrucción de los lazos sociales y familiares tras largos años».
Otro instrumento para este tránsito carcelario legal son los permisos ordinarios de dos días, cuya competencia es exclusiva de la Administración de la CAV. Sare lamenta aquí que su aprobación está siendo «muy limitada» porque se exigen «niveles de cumplimiento de pena mayores que los establecidos en la legislación (en concreto, la mitad de la condena cuando la ley permite acceder a permisos a partir de un cuarto)». «Este criterio restrictivo no se aplica a personas presas por otros motivos».
Nahikari Iturbe y Joseba Azkarraga apuntaron al hilo de ello que «resulta difícil entender» esta insistencia en limitaciones extralegales «cuando estamos hablando de presos y presas con muchos años de condena cumplidos y pertenecientes a una organización que desapareció hace más de seis años y cuando el fin de la violencia se produjo hace más de trece». Recuerdan que en muchos casos cumplen condena por hechos de la década de los 90 e incide en que «el porcentaje de reincidencia es prácticamente cero» entre quienes han ido saliendo a la calle.
Como resumen de la gestión política de Lakua tras la transferencia de octubre de 2021, Sare apunta que «se ha avanzado, lentamente, hacia la aplicación de una política penitenciaria normalizada. Con menos audacia de la necesaria, pero se ha avanzado».
El análisis se centra en este ámbito porque más del 90% de estos presos y presas están actualmente o dependen de Zaballa, Basauri y Martutene. Su estudio incluye en total a 148 (126 hombres y 22 mujeres), de los que seis están en el Estado francés y el resto en el español.
FISCALÍA Y LEYES DE EXCEPCIÓN
Valoraron más someramente la evolución en el Ministerio Fiscal. Confirman que el número de recursos que obstaculizan progresiones se ha reducido respecto al pasado año, «pero aún se encuentra muy alejado del 3% de los recursos que presenta la Fiscalía del País Vasco en aquellos casos no relacionados con presos de la extinta ETA» (recordamos, 6 sobre 32 en el caso de estos últimos, lo que supone más de un 18,75% frente al citado 3%).
En el trasfondo de toda esta situación, reiteran, están las leyes de excepción aún vigentes, y especialmente «el cumplimiento íntegro y efectivo de las penas» (7/2003 de Aznar) y «el no-cómputo de las penas cumplidas en otros estados de la UE» (7/2014 en la era Rajoy). «Se justificaron en su momento por lo que se denominó como ‘necesidades de la lucha antiterrorista’, pero ¿qué cabe alegar ahora?», se preguntan Iturbe y Azkarraga.
Sare hace hincapié en que «el Derecho no puede ser utilizado para impedir que las personas en prisión puedan evolucionar en su situación carcelaria. Un enroque judicial que vulnera derechos no coadyuva para nada en mitigar el dolor de nadie. Al contrario, no puede haber satisfacción de las víctimas fuera del Derecho. Por todo ello, exigimos el fin de las excepcionalidades y dar paso a los mecanismos integradores y humanistas de la Justicia ordinaria. No se puede construir un país dando la espalda a los derechos».