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MADRID

El Supremo rebaja la condena al expresidente balear Jaume Matas y le evita ingresar en prisión

El Tribunal Supremo español ha rebajado de seis años a nueve meses de cárcel la condena que la Audiencia Provincial de Palma impuso al expresidente balear y ministro de Aznar Jaume Matas, con lo que evitará el ingreso en prisión.

Jaume Matas, a la derecha, durante el juicio en la Audiencia de Palma, en 2012. (Jaime REINA/AFP)
Jaume Matas, a la derecha, durante el juicio en la Audiencia de Palma, en 2012. (Jaime REINA/AFP)

El Tribunal Supremo ha rebajado la pena que la Audiencia Provincial de Palma impuso al expresidente balear Jaume Matas (PP) en el caso Palma Arena de seis años de prisión a nueve meses, lo que con toda probabilidad evitará que ingrese en prisión.

La Sala Segunda del Supremo ha hecho pública hoy su sentencia, en la que, corrigiendo sensiblemente el criterio de la Audiencia de Palma, absuelve al que fuera ministro de Aznar de los delitos de fraude a la Administración junto a falsedad en documento oficial y mercantil y también de prevaricación en concurso con malversación.

El Supremo mantiene únicamente la condena por tráfico de influencias impuesta a Matas y por ese delito le impone una pena de nueve meses y un día de prisión y una multa de 6.000 euros.

Al ex director general de Comunicación del Govern de Matas, Joan Martorell, le ha condenado por prevaricación y malversación y le ha impuesto una pena de siete meses y un día, además de inhabilitación por tres años; mientras que el publicista Miguel Romero ha sido absuelto de todos los delitos que le imputaban.

El tribunal también ha rebajado la condena al periodista Antonio Alemany a dos años y tres meses de prisión, cuando en un principio, se le había castigado a tres años y nueve meses. Le mantiene las condenas por prevaricación, malversación y falsedad en documento mercantil.

La sentencia, de la que ha sido ponente Carlos Granados, cuenta con un voto particular del magistrado Alberto Jorge Barreiro, quien considera que debió condenarse a Matas por delitos de prevaricación y falsedad, aunque no por malversación, ni tampoco por fraude.