UPN argumentó que en la comisión de Presidencia no se les suministró la información solicitada sobre el «ropaje jurídico» adoptado para tomar la decisión de ceder el chalet de Caparroso. El TAN entiende que el acceso a esa información era «imposible».
Analiza también la resolución si la negativa por parte de un grupo político a manifestar la postura política, o incluso jurída, puee considerarse «vulneración del derecho constitucional al control político de un grupo municipal sobre otro» y concluye que no, por lo que resuelve archivar las actuaciones y desestimar el recurso de UP.
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