La juez de Instrucción número 32 de Madrid, Rosa María Freire, ha desestimado los recursos de reforma presentados por la Fiscalía, el PP y el que fuera informático de la formación José Manuel Moreno contra su decisión de procesar a éste, a la tesorera de la formación Carmen Navarro, al abogado Alberto Durán y al propio partido como persona jurídica por la destrucción de los discos duros de los ordenadores que el extesorero Luis Bárcenas empleaba en la sede de la calle Génova de Madrid. En su día, el propio Bárcenas apuntó a María Dolores de Cospedal como responsable del borrado.
La juez confirma sus acusaciones en un auto en el que acepta, no obstante, tramitar el recurso de apelación que de forma subsidiaria presentó el Ministerio Público a fin de que sea finalmente la Audiencia Provincial de Madrid la que adopte una decisión definitiva sobre el caso.
La instructora rechaza los argumentos tanto del fiscal como del propio PP, que entendían que de la investigación de este asunto no se deducen pruebas de la comisión de los delitos de daños informáticos y encubrimiento por parte del partido o sus representantes, por lo que la causa debía ser archivada.
Freire adopta esta decisión en un auto, contra el que cabe recurso, y en el que «aclara expresamente» que el delito de encubrimiento sólo se le puede atribuir a las personas físicas. Por ese delito, y también por el de daños informáticos, solo procesa por tanto a Navarro, a Moreno, y a Durán. La jueza insiste en que existen «indicios de un borrado a conciencia, con ánimo de destruir, no solo los archivos existentes, sino cualquier otra información que hubiera existido previamente en los discos duros y que pudiera revelarse tras los correspondientes trabajos técnicos a realizar, en su caso, por las unidades policiales especializadas» teniendo en cuenta que los hechos denunciados por Bárcenas se estaban investigando en la Audiencia Nacional española.
Considera que ante una investigación sobre las cuentas de su tesorero en la Audiencia, el PP, en lugar de proceder al borrado de los ordenadores, debía haberlos puesto «a disposición del juez o al menos hacerle saber de su existencia».