La sentencia, de un juzgado de Gasteiz, ha sido hecha pública por la asociación El Defensor del Paciente» que ha llevado el caso.
La parturienta, embarazada de gemelos y que había perdido ya al primero semanas antes por prematuridad extrema, se hallaba por ello ingresada en el Hospital de Basurto, en octubre de 2012, recibiendo tratamiento para frenar el parto.
Sin embargo, cuando este segundo feto era ya viable y el parto se desencadenó, el obstetra del Hospital de Basurto que asistía a la parturienta no monitorizó la actividad fetal mediante control cardiotocográfico continuo, lo que impidió apreciar la existencia de un sufrimiento fetal que causó el fallecimiento.
La sentencia, que puede ser recurrida ante el mismo juzgado, condena a Osakidetza a abonar 132.800 euros, más intereses a la paciente y a su esposo.
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