NAIZ
MADRID

El juez cifra en al menos 23 millones de euros el desfalco en el Canal de Isabel II

El juez Eloy Velasco cree que el desfalco a las arcas públicas por parte de los detenidos en el caso del Canal de Isabel II ascendería a unos 23,3 millones de euros tan solo en la operación que supuso la compra de la brasileña Emissao.

El juez de la Audiencia Nacional española Eloy Velasco ordenó el ingreso en prisión eludible con fianza de 4 millones de euros para la exdirectora financiera del Canal de Isabel II María Fernanda Richmond, y de 100.000 euros para el exgerente del Canal Adrián Martín, detenidos en la operación Lezo junto al expresidente madrileño Ignacio González. Además, cifra en unos 23,3 millones de euros el desfalco tan solo en la operación que supuso la compra de la brasileña Emissao.

Sostiene el magistrado que en 2013 se compró la empresa brasileña Emissao, «hipervalorada ficticiamente», adquisición que se hizo sin ningún tipo de control para el «desvío de dinero público madrileño» a «cuentas bancarias de terceros países con opacidad».

Y afirma que Richmond, «en connivencia» con Edmundo Rodríguez Sobrino, considerado hombre fuerte de Ignacio González en Latinoamérica y entonces presidente de Inassa, propició la «premeditada» sobrevaloración del precio de compra de las participaciones en Emissao.

Inassa y Canal Extensia invirtieron 31 millones de dólares en la compra, pero el patrimonio neto de Emissao al cierre del año era de 10,2 millones de dólares y en tan solo dos años había descendido a 5 millones de dólares.

El juez señala a Rodríguez Sobrino como autor de las propuestas de inversión, que fueron aprobadas por el Consejo de Administración de Canal Extensia «a pesar de las evidentes deficiencias legales y financieras» y a sabiendas de que había un informe de la consultora KPMG que lo cuestionaba.

El juez aprecia entre las principales irregularidades detectadas la ausencia de autorización por parte del Consejo de Gobierno, la adquisición a través de un entramado societario opaco, la modificación de la compra del 40% de la sociedad al 75% sin autorización o la renuncia a un aval de 3 millones para contingencias sin justificación alguna.

Asimismo, constata que no hubo una evaluación independiente, tampoco autorización de la Consejería de Hacienda, que se ignoró el informe de KPMG que debió propiciar la «paralización inmediata» de la compra. Y que se pagó «a través de cuentas corrientes bancarias no autorizadas y en paraísos fiscales».

De modo que el importe de la «malversación» y la «lesión al patrimonio público madrileño» ascendería a los citados 25 millones de dólares.

En el caso de Richmond, el juez apunta una duplicidad de funciones que la permitió pedir a Canal Extensia el pago de 12,5 millones de dólares en representación de la empresa Soluciones Andinas y, a la vez, autorizar ese desembolso en representación de Canal Extensia.

A Adrián Martín, además de por esas inversiones, le señala por su intervención activa en «la manipulación» de los procesos de licitación de un contrato público de obras en Rivas Vaciamadrid para asegurar su adjudicación a una sociedad del grupo Essentium.