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El jueves 11 se abre el plazo para solicitar abonos de verano en varias piscinas

El próximo jueves 11 de mayo se abre el plazo para solicitar los 243 abonos de verano que el Ayuntamiento de Iruñea ofrece para las piscinas de la Institución Oberena, UDC Txantrea y UDC Rotxapea. Se trata de abonos que podrán ser utilizados entre el 15 de junio y el 15 de septiembre y con un precio que oscila entre los 40,30 y los 80,75 euros, en función de la edad de los solicitantes.

Las solicitudes se deben realizar a través del teléfono de atención ciudadana 010 (948 420 100 si se llama desde fuera de Iruñea, móviles o llamadas realizadas dentro de la ‘tarifa plana’ con un operador telefónico) y el plazo para hacerlo termina el 19 de mayo. Hay disponibles 75 para Oberena, 100 para Txantrea y 68 para Rotxapea. Los abonos se sortearán el miércoles 24 de mayo, a las 10 horas, en la calle Monasterio de Irache, 8 (oficinas de Animsa). Las personas agraciadas serán informadas a través de SMS y podrán  recoger los abonos en la calle Zapatería, 40 los días 31 de mayo y 1 de junio, de 10 a 12 horas.

Solicitudes y precios
Para ser beneficiario de los abonos, todas las personas deberán estar empadronadas en Iruñea al menos desde el 1 de enero de 2017. Las solicitudes pueden ser individuales, si la persona tiene cumplidos los 14 años, o familiares, en las que pueden incluirse los cónyuges o parejas de hecho, los hijos menores de 14 años y los abuelos. En todo caso, la solicitud será única, es decir, en una sola piscina. Si se comprueba la duplicidad, serán eliminadas las solicitudes.

Como la temporada pasada, el precio del abono para menores de 2 a 14 años es de 40,30 euros; para jóvenes de 14 a 25 años, de 60,50 euros; las personas de entre 25 y 65 años pagarán 80,75 euros; y los mayores de 65 años abonarán 40,30 euros.

Para la retirada de los abonos será necesaria la presentación del DNI en el caso de solicitudes individuales, y del Libro de Familia o el Certificado del Registro de Parejas de Hecho para las solicitudes familiares. Las personas beneficiarias deberán acatar la normativa interna de la instalación deportiva. No podrán obtener abono aquellas personas que hubieran sido privadas de su condición de socio en virtud de la aplicación de la normativa propia de cada instalación