En el escrito, recogido por Europa Press, Forcadell quiere que se plantee al tribunal europeo una cuestión prejudicial para que se pronuncie sobre si es compatible con su jurisprudencia (de acuerdo con la garantía de inviolabilidad parlamentaria) «la persecución penal» por permitir la tramitación, debate y votación de iniciativas parlamentarias relativas al derecho de autodeterminación.
Asimismo, en otro escrito solicita al TSJC la recusación de su presidente, Jesús María Barrientos, y los magistrados Carlos Ramons, Mercedes Armas y Maria Eugènia Alegret –esta última la instructora de su causa– alegando falta de imparcialidad.
Forcadell plantea en esta cuestión la posible incompatibilidad entre las órdenes y mandatos emitidos por el Tribunal Constitucional a la Mesa del Parlament en relación al derecho a la libertad de expresión, el derecho a la autodeterminación y la garantía de inviolabilidad, derechos recogidos por la jurisprudencia europea.
Recurso de súplica
En el recurso de súplica, que presenta la defensa en nombre de Forcadell y de la secretaria primera de la Mesa, Anna Simó, se pide el archivo de la causa contra ellas ante «la improcedencia de la persecución penal de la discusión política, reconociendo la responsabilidad que tiene el Gobierno».
«No hacerlo así sería una irresponsabilidad porque nos alejaría de la forma de resolver conflictos de naturaleza política relacionados con la autodeterminación de los pueblos», afirman.
Critican la amenaza hacia las actuaciones del Parlament y argumentan que «la Mesa es el mensajero de una noticia: el pueblo catalán quiere hablar sobre su libre determinación. Pero la Mesa no genera el debate ni la incita, tampoco lo controla o censura, y mucho menos lo traduce en acción. Atacar al mensajero no sólo es absurdo sino que es inmoral».
Las dos parlamentarias consideran que el TC no puede alterar el funcionamiento de un parlamento, ni puede modificar a través de un auto dictado en un procedimiento de ejecución de una Sentencia de 2015 las reglas de tramitación reglamentarias y la agenda política: «Mis mandantes tienen incapacidad legal para efectuar otra cosa que no sea dar voz a los parlamentarios».
«Aquí está en juego la democracia, los derechos a la libertad de expresión y de iniciativa política, así como los derechos que indirectamente se manifiestan en cada uno de los temas tratados: autodeterminación de los pueblos, dignidad, respeto, prohibición de discriminación».
Irrelevancia penal
Constatan la irrelevancia penal de los hechos denunciados por la Fiscalía –por desobediencia, prevaricación y malversación; este último, delito no admitido por el TSJC– y aseguran que la presión popular pidiendo un proceso de autodeterminación tiene «una legitimidad muy mayor que la que ostenta el Tribunal Constitucional».
La defensa de Forcadell defiende que leyes del referéndum y de transitoriedad fueron tramitadas de acuerdo con la reglamentación actual y a través de las vías escogidas por el propio Parlament, y la actuación de la presidenta y la Mesa fue la «estrictamente vinculada a sus funciones reglamentarias y en protección de derechos fundamentales trascendentes».
Vuelven a esgrimir el derecho a la inviolabilidad parlamentaria de Forcadell y Simó, «una garantía que se lesiona cada día que se mantiene un procedimiento abierto contra un diputado», una pretensión a la que que la Fiscalía en su querella aludía descartando que fuera de aplicación en este caso.