En un comunicado divulgado en su cuenta de Twitter, el ministro belga de Justicia, Koen Geens, detalla los pasos que deben seguir las autoridades judiciales tras recibir la euroorden contra Carles Puigdemont y «cuatro ministros del Gobierno catalán que se encuentran en Bélgica», que a su juicio son «útiles para comprender el procedimiento».
En primer lugar, aclara que la extradición ya no existe entre los estados miembros de la Unión Europea, dado que se sustituye por la «Orden de detención europea (EAW)», que se aplica desde 2004.
«El procedimiento es completamente judicial: a diferencia de la extradición, el poder Ejecutivo no participa en el procedimiento de la EAW. Todo se hace a través de contactos directos entre las autoridades judiciales», señala.
El ministro aclara que que las causas de rechazo de una orden permanecen y «se definen con más precisión que en el régimen de extradición. En ciertas situaciones, todavía permiten rechazar la ejecución de una orden de arresto europea».
Explica también que en el procedimiento de la euroorden, la persona es privada de libertad tras recibirla y es escuchada por el juez de instrucción en un plazo de 24 horas, y es él quien decide si la mantiene detenida.
El ministro de Justicia belga afirma que, en principio, la decisión sobre la ejecución de la euroorden es adoptada por la Sala del Consejo en un plazo de 15 días, y tanto la Fiscalía como la persona involucrada pueden apelar la decisión ante la División de Acusación, que tiene otros 15 días para tomar su decisión.
Esa decisión se toma en principio en segunda instancia en un plazo de 30 días, aunque se puede interponer un recurso de casación, lo que puede alargar el tiempo.
La decisión-marco de la UE establece que la decisión final sobre la entrega debe tomarse en un plazo de 60 días, que se puedn extender hasta 90 «en circunstancias excepcionales».
Geens subraya que «si la decisión es una decisión de ejecutar la orden de detención europea, la persona en principio será entregada a las autoridades del Estado de emisión [de la euroorden] dentro de los 10 días posteriores a la decisión de ejecución».