En un auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), acuerda reducir al 50% el porcentaje del 70% que el Ejecutivo autonómico había establecido para el personal gerocultor o asimilado que desempeña una atención directa.
Disminuye también del 80% al 70% los servicios mínimos del mismo personal en aquellas residencias donde el perfil de los usuarios presente más de un 70% de niveles de dependencia reconocida de grado II o III.
En la resolución, que puede ser impugnada, se rechaza la solicitud de suspensión cautelar de toda la orden que recoge los servicios mínimos y que también había sido solicitada por los sindicatos.
Estas centrales –ELA, LAB, Stee, ESK, Hiru y Etxalde– anunciaron ayer la presentación del recurso con el argumento de que los servicios mínimos establecidos son excesivos y vulneran el derecho a la huelga de las trabajadoras que deseen secundar el paro.