Ya el lunes se conoció otro fallo del mismo tribunal que inadmitía un recurso presentado por la Universidad del Opus contra la citada convocatoria por considerar que esta entidad «carece de legitimación» para impugnarla al no ser beneficiario directo de las ayudas, sino que lo son los alumnos.
La segunda sentencia conocida en relación con la misma convocatoria de becas 2016-2017 sostiene que no se aprecia en ella discriminación a los alumnos de la Universidad del Opus con respecto a los de la UPNA, por lo que desestima el recurso interpuesto por la Asociación Educación, Esfuerzo y Excelencia (3E), formada por padres de alumnos becados.
Con este «aval», porque el TSJN «sí ha entrado al fondo y ya no hay más recursos pendientes», Solana ha recordado las críticas que recibieron en su momento el Departamento de Educación y el Gobierno por este asunto, y de entre ellas ha destacado las acusaciones por «falta de seguridad jurídica».
«Hoy es de justicia trasladar a la opinión pública esta sentencia», ha dicho, y ha repasado la respuesta del TSJN a los argumentos esgrimidos por 3E y que la sala no comparte.
Entre estos que la beca es una «ayuda» que «no tiene por qué cubrir el coste total» del curso, que el hecho de que en anteriores convocatorias no se descontara la cuantía de las becas del Ministerio español «no es un derecho adquirido», y que el Gobierno «sí ha tenido en cuenta» que estudiar en la Universidad del Opus tiene un coste superior y por eso estableció para sus alumnos cuatro tramos de renta y tres para el resto de universitarios a la hora de determinar el importe de la beca.