Según añade el TSJN, «de haber existido actuaciones disciplinarias anteriores a lo largo de sus 32 años de carrera, los antecedentes estarían cancelados según lo dispuesto por el artículo 427 de la LOPJ».
Así lo ha informado después de que el ministro español de Justicia, Rafael Catalá, haya asegurado que en el Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa y en los profesionales de la justicia en el herrialde en general, «todos saben» que el juez que dictó un voto particular en el caso de ‘la Manada’ tiene «algún problema singular» y opina que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) debió actuar «preventivamente».
Ricardo González fue sancionado hasta en cuatro ocasiones por retrasos en sus resoluciones entre finales de los años noventa y principios de los 2000, cuando era titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Bilbo. El juez no tiene ahora abierto ningún expediente y tampoco se ha incoado ninguno en los últimos cuatro años.
Según las sentencias del Tribunal Supremo español, las sanciones impuestas a González sumaron más de 350.000 pesetas de multa y una de ellas, del año 2003, supuso la suspensión por un periodo de seis meses debido a la comisión de una falta muy grave de retraso injustificado y reiterado en la tramitación y resolución de procesos.