GARA
MADRID

La Audiencia Nacional repite un juicio anulado por no haber investigado torturas

La AN repetirá desde el miércoles el juicio contra Iñigo Zapirain, Saioa Sánchez y Beatriz Etxebarria, al haber anulado el Supremo el anterior por no haber investigado las torturas que denunciaron los acusados.

La Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional inicia el miércoles el juicio contra Iñigo Zapirain, Saioa Sánchez y Beatriz Etxebarria por su supuesta participación en la colocación de una bomba en una oficina del INEM de Bilbo. Por esos hechos ya fueron condenados a 15 años de cárcel por el tribunal especial pero la sentencia fue luego anulada por el Supremo.

El TS ordenó que se repitiera el juicio con otros magistrados distintos para aclarar si un testigo de cargo incriminó a Zapirain bajo torturas, teniendo en cuenta que en 2014 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó al Estado español por no haber indagado la denuncia de torturas presentada por Beatriz Etxeberria durante los cinco días de incomunicación a la que fue sometida tras su detención en 2011 por la Guardia Civil.

En el primer juicio en la Audiencia Nacional, los tres acusados negaron haber colocado el artefacto, tal y como se les atribuía. Durante su declaración ante el tribunal, Zapirain y Etxebarria negaron que Sánchez les captara para integrarse en un comando de ETA y les visitara en su domicilio para instruirles en el uso de explosivos.

Ambos se retractaron además de sus declaraciones ante la Guardia Civil y el juez instructor, alegando que se hicieron bajo tortura, unas denuncias por las que estuvo imputado un miembro del instituto armado al que finalmente se le archivó el caso. Etxebarria denunció que los agentes la desnudaron, la tocaron y abusaron de ella en los cinco días que estuvo detenida antes de pasar a disposición judicial, y que cuando le habló al instructor de estas torturas, hizo «como quien oye llover».

En la sentencia revocatoria, el Supremo expresó su preocupación por la «reiteración de sentencias condenatorias» contra el Estado español por no investigar torturas y defendió que «proteger la integridad física de los detenidos constituye el primer deber de todo cuerpo policial que tenga bajo su custodia a una persona detenida».

Aquella resolución del alto tribunal español también hizo hincapié en que proteger la integridad física de los detenidos «constituye el primer deber de todo cuerpo policial que tenga bajo su custodia a una persona detenida».