Los acusados siguen hoy en libertad provisional, pero todo podría cambiar hoy. En caso de que se confirme la condena a los cinco depredadores sexuales condenados por violar a una joven en sanfermines, tendrán que volver a la prisión a cumplir pena. Aunque el TS no publicará la sentencia íntegra, se baraja la posibilidad de que avance el sentido del fallo. La sesión se puede seguir en directo a través de las redes sociales.
Ya ha empezado la sesión del juicio de La Manada. Aquí se puede seguir en vivo el juiciohttps://t.co/TLgUZMsQ0L
— Aritz Intxusta (@AritzIntxusta) 21 de junio de 2019
La fiscal del Tribunal Supremo Isabel Rodríguez ha defendido en el inicio de la vista que los cinco miembros de 'La Manada' cometieron un delito de violación continuada «con fuerza intimidatoria suficiente» contra su víctima. «No consta en los hechos probados que la víctima consintiera o accediera, no consta que los acusados preguntaran –ha defendido–. Con su sola presencia y su actitud constriñeron la actitud de la víctima».
Rodríguez ha recordado que la joven fue encerrada en un habitáculo y rodeada en un ambiente que creaba miedo y en el que no podía defenderse: «¿Es exigible algo más?», se ha preguntado.
Otras acusaciones han recordado que el propio tribunal de Nafarroa tildó la situación de «encerrona» y han remarcado que el componente de violencia queda claro en aspectos como que a la joven le tiraron del pelo al menos siete veces según la pericial de los vídeos.
Por contra, la defensa de los condenados está insistiendo en la tesis de que han sido víctimas de la presión social, por lo que ha reclamado al tribunal a «remar contra corriente». Martínez Becerra ha llegado a decir que si la chica hubiera lanzado «un grito desgarrador», ahí «se hubiera acabado todo».
Las claves de la vista
Tras resolverse los primeros recursos ante la Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa, el verdadero debate sobre la calificación jurídica de lo ocurrido en los sanfermines radica en si tienen la consideración de abuso o de agresión sexual. Si bien en un primer momento uno de los tres jueces juzgadores consideró que se trató de sexo consentido, los cinco magistrados que revisaron la sentencia fueron unánimes en advertir un delito contra la libertad sexual. El único disenso era sobre si hubo o no el nivel de intimidación necesaria como para interpretarlo jurídicamente como violación. Es una cuestión de carácter técnico-jurídico, ya que forzar entre cinco a una relación no consentida es una violación en toda regla y existe un consenso social amplísimo al respecto.
Mientras la defensa insiste en que todo fue sexo consentido, la Fiscalía, la acusación particular y las acusaciones populares ejercidas por el Ayuntamiento de Iruñea y el Gobierno de Nafarroa apuestan por elevar la calificación a agresión sexual. Esto acarrearía una condena de prisión más elevada. Actualmente, los cinco están condenados a nueve años, el máximo de lo que permite el tipo penal del abuso. Esta pena, en sí misma, constituye ya una prueba de las dudas que existen sobre la calificación penal. Ahora bien, hay que tener en cuenta también que se fue a una pena en la horquilla más alta de las posibles debido a la aplicación de distintos agravantes.
De hecho, en el caso de que el TS decida elevar el grado la tipología del delito, la argumentación se intuye muy similar a la que en su día realizaron los dos jueces que discreparon del primer recurso. Insistían en que los condenados en primera instancia diseñaron una encerrona de la que la joven no pudo escapar.