Según recoge el fallo, los hechos se produjeron la madrugada del 7 de julio de 2017, cuando después de haber mantenido «relaciones sexuales», el condenado siguió a la mujer desde el bar hasta las proximidades del portal en el que residía, donde le impidió entrar en su domicilio, le quitó las llaves y la empujó contra el suelo hasta que cayó sobre unas maderas.
En ese momento, añade la resolución, el procesado se abalanzó con fuerza sobre ella y trató de agredirla sexualmente.
La Audiencia de Gipuzkoa concluye que estos hechos son constitutivos de un delito de agresión sexual en grado de tentativa con las atenuantes de embriaguez y reparación del daño causado, por el que impone al encausado dos años y nueve meses de prisión y le impide aproximarse a su víctima y comunicarse con ella durante cinco años más, además de imponerle una medida de libertad vigilada de otros cinco años una vez cumplida la pena de cárcel.
Asimismo, le obliga a compensar a la mujer con 5.000 euros, si bien esta cantidad ya había sido consignada con anterioridad al juicio por el procesado.