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Desestiman la petición de medidas cautelares planteada por Puigdemont y Comín

El Tribunal General de la Unión Europea ha desestimado la petición del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y del exconsejero Toni Comín de adoptar medidas cautelares para ser reconocidos como eurodiputados.

Erika Casajoana, Carles Puigdemont y Toni Comin, en la presentación de la candidatura en Bruselas. (Aris OIKONOMOU / AFP)
Erika Casajoana, Carles Puigdemont y Toni Comin, en la presentación de la candidatura en Bruselas. (Aris OIKONOMOU / AFP)

El Tribunal General de la UE ha desestimado la petición del ex president Carles Puigdemont y del exconsejero Toni Comín de acordar medidas provisionales para que se les reconozca como eurodiputados y puedan tomar posesión de su escaño en la Eurocámara este martes.

El auto del presidente del Tribunal General puede recurrirse en casación, exclusivamente por motivos de Derecho, ante el vicepresidente del Tribunal de Justicia de la UE en un plazo de dos meses y 10 días. Además, el auto que desestima las medidas provisionales no prejuzga la decisión sobre el fondo del asunto, sobre el cual el Tribunal emitirá sentencia posteriormente.

El auto gira en torno al hecho de que Puigdemont y Comín no han sido declarados oficialmente diputados electos, al no cumplir el trámite de acatar presencialmente la Constitución española en la Junta Electoral Central.

La semana pasada, los dos eurodiputados electos de JxCAT se quejaron al presidente saliente de la Eurocámara, el conservador italiano Antonio Tajani, de que no se les permitiera recoger el acta para ocupar su escaño.

Tajani respondió que no puede tratarles como eurodiputados electos porque su nombre no figura en la lista remitida a la institución comunitaria por las autoridades españolas.

El pasado viernes, Puigdemont y Comín presentaron ante el Tribunal General de la UE un recurso contra esta decisión de Tajani y lo acompañaron de una petición de medidas provisionales para que, hasta que se decida sobre el fondo del recurso, se obligase al Parlamento Europeo a tomar todas las medidas necesarias para que los dos pudieran tomar posesión de sus escaños.

«Etapa intermedia»

Para verificar las credenciales de los eurodiputados, el Parlamento Europeo toma nota de los resultados proclamados oficialmente por cada Estado. Puigdemont y Comín alegaron ante el Tribunal que esa proclamación oficial fue la que se hizo el 13 de junio, y no la del día 17, que era la que incluía la lista de electos que habían acatado la Constitución de manera presencial.

El presidente del Tribunal considera que la proclamación del día 13 es «un trámite importante y necesario» pero «una etapa intermedia», y no la proclamación «definitiva».

Por otro lado, el Tribunal considera que corresponde a las autoridades españolas decidir sobre si debería haberse permitido a los demandantes acatar la Constitución a distancia. Es más, recuerda que los demandantes han recurrido ¡ante el Tribunal Supremo la exigencia de acatamiento presencial, y que el asunto aún está pendiente.