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El TC también rechaza el recurso del PP contra la Ley Vasca de Abusos Policiales

El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso del PP contra la denominada Ley Vasca de Víctimas de Abusos Policiales entre 1978 y 1999, como ya hiciese el pasado mes de julio con otro recurso de Ciudadanos.

El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso del PP. (NAIZ)
El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso del PP. (NAIZ)

El Tribunal Constitucional acordó en el pleno de la semana pasada rechazar el recurso que 50 senadores del PP presentaron contra la llamada Ley Vasca de Víctimas de Abusos Policiales al considerar que vulneraba derechos como la tutela judicial efectiva, la presunción de inocencia, el derecho al honor o la normativa sobre protección de datos, y que arremetía contra la distribución de competencias entre el Estado y las comunidades.

Una tesis que rechaza el TC en su sentencia, que no fue dictada por unanimidad, sino que cuenta con dos votos particulares.

La «Ley de reconocimiento y reparación de víctimas de vulneraciones de derechos humanos en el contexto de la violencia de motivación política en el País Vasco entre 1978 y 1999» fue aprobada la pasada legislatura con los votos del PNV y PSE, la abstención de EH Bildu y Podemos, y el rechazo del PP. Modificaba una norma anterior que había sido recurrida por el anterior Gobierno de Mariano Rajoy.

El posterior Gobierno de Pedro Sánchez retiró ese recurso de constitucionalidad en 2018.

El alto tribunal español ha seguido en su sentencia la línea trazada por la resolución que rechazó el recurso de Ciudadanos, y ha reiterado que «no hay en la tarea» de la Comisión de Valoración puesta en marca por el Gobierno de Lakua para analizar y resolver las solicitudes de víctimas de abusos policiales «posible calificación jurídica de eventuales actos o conductas punibles».

Tampoco observa «imputación o atribución individualizada a los sujetos a los que pudiera alcanzar la investigación», y añade que la doctrina del TC «no impide que la condición de víctima se reconozca y los beneficios se dispensen en ausencia de pronunciamiento judicial».

Por tanto, según la sentencia, que rechaza que la norma vulnere competencias, «la decisión administrativa no supone una decisión parajudicial penal sobre la comisión de un delito, sino la afirmación de que concurre la condición de víctima indemnizable».

Como ocurrió con la sentencia que rechazaba el recurso de Ciudadanos, esta resolución ha contado con los votos particulares de los progresistas María Luisa Balagues y Juan Antonio Xiol, que han discrepado en relación a varios fundamentos jurídicos esgrimidos por el tribunal. 

Satisfacción de Lakua y del Foro Social

Tras conocer el fallo del TC, la consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales del Gobierno de Lakua, Beatriz Artolazabal, ha valorado que el rechazo al recurso del PP «legitima y garantiza» el trabajo de la comisión de valoración, encargada de analizar las solicitudes de las víctimas, y abre la puerta a que estas «vayan a poder ver reparada en parte la injusticia vivida».

Desde el Foro Social también han valorado positivamente la decisión del TC, ya que a su juicio «supera una situación de inseguridad para estas personas que se siguen considerando víctimas de segunda y aporta a la convivencia».