Ocho años y medio después de la muerte de Iñigo Cabacas, el Supremo español ha analizado este miércoles los recursos de casación contra la sentencia que condenó a un único mando, que era además el que no quería cargar en el callejón de la calle María Díaz de Haro.
Se espera que el fallo se haga público en los próximos días, incluso semanas, tras la deliberación de los recursos por parte de la Sala de lo Penal, en la que ha sido ponente el magistrado Andrés Palomo del Arco. En esta ocasión, no se ha producido una vista para que las partes expusieran sus argumentos sino que la sala se ha limitado a ver los recursos.
La acusación ejercida por la familia reclama que se condene a los seis ertzainas que fueron juzgados por los hechos, entre los que había oficiales y agentes de base. El único condenado, a apenas dos años de cárcel, fue el oficial Juan José de Pablo, ya retirado cuando se produjo el juicio en la Audiencia de Bizkaia. Es decir, De Pablo era el mando al que desde comisaría «Ugarteko» ordenó «entrar con todo», según los reveladores audios difundidos por NAIZ en 2013.
La abogada de la familia Cabacas Liceranzu, Jone Goirizelaia, estima que con el relato de los hechos que concluyeron en la muerte del joven aficionado del Athletic, que la Audiencia de Bizkaia avaló en su sentencia, debían haber sido condenados los otros cinco acusados, que resultaron absueltos. Por ello, plantea que haya otras consecuencias jurídicas para Kepa Muriel, Tomás González, José Ignacio Moure, Dany Johnny Fernández y Eduardo Guzmán.
Ampliar el número de investigados
En su recurso, Goirizelaia también aborda cómo se llevó a cabo la investigación policial, al entender certificado que condicionó las posteriores pesquisas dirigidas por el Juzgado de Instrucción nº 10 de Bilbo e impidió la imputación de otros policías autonómicos y mandos implicados en el operativo que acabó con la vida de Iñigo Cabacas. Tras muchas «visicitudes judiciales», la acusación no logró sentar en el banquillo a otras personas implicadas.
Si la Sala Segunda del Supremo acepta el argumento de que la investigación fue deficiente, tal y como plantea la acusación particular, podría abrise la puerta a nuevas vías para el esclarecimiento del caso, ampliando el número de personas investigadas.
La imposibilidad de determinar quién lanzó el fatal disparo fue relacionada por la sentencia con la deficiente investigación. Aludió a la ausencia de control en el búnker de la comisaría de Deustu, lo que impidió analizar las armas empleadas en la intervención.
«Con ello se habría podido traer a juicio a todos los eventuales autores de disparos con pelota con un mínimo grado de certeza o se hubiera podido conocer quién fue el autor del disparo que causó el resultado fatal», indicó.
«Esta deficiente investigación policial –añadía el fallo de la Audiencia de Bizkaia– permite entender la dificultad que ha tenido la causa en la fase instructora y las carencias que ha presentado en la fase de enjuiciamiento».
Si bien el caso quedó prácticamente impune, las 48 páginas de la sentencia de Bilbo destacaron el «descontrol» con que actuaron los ertzainas y les señaló por el «incremento injustificado de la tensión en la zona provocado por la actuación policial». «No estaba justificada, de acuerdo con la normativa y protocolos de actuación en situaciones de orden público, porque el escaso lanzamiento de objetos podía haberse cortado sin necesidad de utilizar pelotas de goma», defendió la Sala.
Defensa y Fiscalía
La defensa de De Pablo, por su parte, reclama en su recurso de casación que se anule la condena, a lo que se opone la acusación particular.
La Fiscalía se ha posicionado en contra de ambas peticiones, es decir, abogando por que la sentencia quede como se fijó en Bilbo.