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Donostia

La Diputación de Gipuzkoa seguirá aplicando el peaje a los camiones en la N-1 y la A-15

El recurso de la Diputación de Gipuzkoa contra la sentencia que anulaba la norma de 2016 que impuso peajes a los camiones en la N-1 y la A-15 ha sido desestimado por el Tribunal Supremo español. No obstante, el Gobierno foral mantiene su decisión de aplicar el canon a través de otra norma vigente.

Punto de control del peaje para camiones en la N-1 a la altura de Andoain. (Jon URBE | FOKU)
Punto de control del peaje para camiones en la N-1 a la altura de Andoain. (Jon URBE | FOKU)

El Tribunal Supremo español (TS) ha ratificado la nulidad de la Norma Foral 7/2016, de 15 de diciembre, por la que se regulaba el canon de utilización de determinados tramos de la A-15 y N-1 de Gipuzkoa, y desestima de este modo el recurso de casación interpuesto por la Diputación y las Juntas Generales del herrialde.

La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) ha dado a conocer este miércoles la sentencia y ha resaltado que, con esta resolución judicial, «se suprimen definitivamente los peajes ilegales y discriminatorios que durante los últimos años se vienen exigiendo a los transportistas».

Fenadismer ha recordado que, pese a que en abril de 2018 el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) declaró ilegal el peaje a camiones en la N-1 y la A-15 puesto en marcha en enero de ese mismo año, la Diputación de Gipuzkoa «ha continuado exigiendo durante estos tres años el cobro del mismo a los más de 10.000 camiones que diariamente transitan por ambas vías, bajo la excusa de que dicha decisión no era firme hasta el pronunciamiento del TS».

La diputada foral de Infraestructuras Viarias, Aintzane Oiarbide, ha mostrado su contrariedad al conocer el fallo, pero ha remarcado que «no modifica la situación actual, ya que existe una segunda norma foral en vigor, por la cual se seguirá aplicando un canon a los vehículos pesados en dichas carreteras».

Contra la directiva europea

La sentencia, comunicada este miércoles a las partes, manifiesta que esos peajes «gravan en mayor medida los tramos de salida y de entrada al citado territorio, así como a los vehículos pesados de más de 12 toneladas e incurre en una discriminación indirecta por razón del origen o destino de la operación de transporte, prohibida por el artículo 7.3 de la Directiva 1999/62/CE, relativa a la aplicación de gravámenes a los vehículos pesados de transporte de mercancías por la utilización de determinadas infraestructuras».

Fenadismer ha manifestado siempre su «absoluto rechazo» a la decisión de la Diputación sobre el establecimiento de los peajes, al entender que el sector del transporte por carretera «ya contribuye sobradamente a las arcas públicas guipuzcoanas vía impuesto de hidrocarburos».

La asociación ha destacado que con esta resolución judicial «se abre la puerta» a que los transportistas puedan recuperar «todo el importe indebidamente recaudado», más los correspondientes «intereses legales de demora», así como las posibles sanciones que hubieran podido ser impuestas por este motivo.