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Madrid

El TS considera al Estado responsable de indemnizar a un preso agredido por otro

El Tribunal Supremo considera que la Administración Penitenciaria está obligada a «garantizar la vida, la salud y la integridad física de los internos», por lo que establece que el Estado es responsable subsidiario en el caso de un preso que quedó inválido tras ser agredido por otro en Dueñas.

La cárcel de Dueñas está ubicada en la provincia de Palencia.
La cárcel de Dueñas está ubicada en la provincia de Palencia.

El Tribunal Supremo español (TS) ha declarado la responsabilidad civil subsidiaria del Estado en el pago de una indemnización de 547.000 euros concedida a un preso que quedó en situación de gran invalidez tras una agresión de otro interno en la cárcel de Dueñas (Palencia).

El Alto Tribunal, que se posiciona en contra de lo decretado anteriormente por la Audiencia de Palencia, estima el recurso de la acusación particular, ejercida por el preso agredido y su hermana, que es su cuidadora ya que él requiere ayuda para las tareas esenciales.

La Audiencia Provincial de Palencia había condenado al agresor a tres años de cárcel por delito de lesiones y al pago de la indemnización citada, pero absolvió al Estado como responsable civil subsidiario.

«Velar por la vida, integridad y salud de los internos»

El Supremo cambia el sentido del fallo al estimar que el Estado debe hacerse cargo del pago al no haberse acreditado que el centro penitenciario adoptara todas las medidas de prevención y seguridad que las circunstancias exigían para evitar que se produjera la agresión.

La Sala Segunda recuerda que la Ley General Penitenciaria señala en su Título Preliminar como uno de sus principios rectores que «la Administración penitenciaria velará por la vida, integridad y salud de los internos».

Y añade que la acción enjuiciada se desarrolló mientras los internos subían de dependencias comunes a sus celdas, «lo que supone un movimiento masivo que precisa de una organización especialmente cuidadosa y de unos criterios de vigilancia reforzados»

Además, los hechos probados destacan que hubo una discusión previa entre los dos presos «cuya intensidad y relevancia no se detalla y que, junto con el dato anterior, permite afirmar que los sistemas de prevención y seguridad que seguía el centro penitenciario no eran suficientes para garantizar la seguridad y para evitar que se produjera la brutal agresión».

Sostiene que la Administración Penitenciaria «tiene la obligación de realizar un especial esfuerzo de justificación despejando toda sospecha de negligencia o dejación de funciones», ya que «cumple una función social de primer orden y dentro de sus obligaciones destaca como una de las más importantes, la de garantizar la vida, la salud y la integridad física de los internos».