La Fiscalía ha remitido al Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa este lunes un informe en el que muestra su rechazo a la aplicación del toque de queda en el herrialde, por «no tener cobertura legal suficiente en la legislación ordinaria y requerir de una legalidad de excepción».
El toque de queda está recogido en la orden foral de la consejera de Salud, Santos Induráin, que también establece la limitación de reuniones en lugares públicos a un máximo de seis personas, salvo en el caso de convivientes, y en lugares de uso privado, se limita a dos unidades convivenciales, con un límite de seis personas. Al margen de estas dos medidas, se adoptan otras relativas fundamentalmente a limitaciones de aforos y horarios.
En su escrito, el Ministerio Público advierte de que «es cierto que esta Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de Navarra ha venido pronunciándose favorablemente, a diferencia de otras, a la existencia de cobertura legal para el confinamiento perimetral de la Comunidad o incluso de municipios, manteniendo este criterio, por otra parte compartido por este Ministerio Fiscal, incluso en autos dados con anterioridad a la entrada en vigor del estado de alarma el 25 de octubre».
«Ahora bien, entendemos que una cosa es la limitación o restricción del derecho de libertad de movimientos o de deambulación que puede suponer un cierre perimetral, y otra distinta es, a efectos prácticos, la 'privación' de ese derecho dirigida a una pluralidad indeterminada de personas, pues eso es lo que supone la obligación impuesta a los habitantes de una Comunidad Autonómica, de permanecer dentro de su domicilio o lugar de residencia en la franja horaria determinada por la autoridad gubernativa», asevera.
Y remarca que «se produce con esta medida un grado de afectación de la libertad de deambulación de tal intensidad que queda comprometido su contenido esencial y que hace que la misma solo pueda tener cobertura legal a través de legislación de excepción».
Decisiones y recursos
Ahora será el TSN el tome una decisión y no está claro en que sentido lo hará. En el caso de la CAV, el TSJPV admitió la petición de la Fiscalía y rechazó el cierre perimetral y el toque de queda. Y dio un pasó más y rechazó la limitación de los grupos a un máximo de cuatro personas. Sin embargo, en Baleares y el País Valencià los tribunales han avalado las limitaciones horarias.
Se espera que el TSJN adopte una decisión a lo largo de este lunes o el martes. Y puede que sea el Tribunal Supremo el que tenga la última palabra, ya que el decrete aprobado por el Gobierno español da pie a que las comunidades autónomas puedan presentar recursos de casación. De hecho Lakua no descarta abrir esa vía para poder aplicar las medidas rechazada por el TSJPV. «Por el principio de prudencia y humildad, el Gobierno no se cierra a ninguna posibilidad», ha aseverado el portavoz del Ejecutivo de Gasteiz, Bingen Zupiria.
Tampoco cierra la puerta del Supremo el Gobierno de Canarias, que, de momento ha anuncido que solicitará una aclaración de sentencia al tribunal superior del archipiélago. «Es un fallo no firme pero queremos saber si es ejecutable desde ya», ha apuntado el presidente, Angel Víctor Torres.