El auto fechado el 10 de setiembre de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJPV presidida por el magistrado Luis Ángel Garrido está analizando el recurso presentado por la LFP contra las limitaciones del aforo en los estadios previstas en el decreto del 30 de agosto rubricado por el lehendakari Iñigo Urkullu.
En concreto, ese decreto fijaba para eventos deportivos en recintos con capacidad de entre 1.600 y 5.000 personas, un máximo en interiores de 800 personas, y de 1.200 en exteriores. En recintos con capacidad superior a 5.000 personas, no se podía superar el 30 %.
En su recurso, la Liga solicitó que se aplicara en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa «el acuerdo de 1 de setiembre del Consejo Interterritorial» de Sanidad, que había acordado ampliar al 60 % el aforo de espectadores en las competiciones deportivas profesionales celebradas en recintos abiertos.
La Liga argumentó que esa jornada jugaban equipos de primera y de segunda división en la CAV y que la limitación conllevaría un perjuicio económico y también a patrocinadores y de derechos de contenido audiovisual.
La Sala del TSJPV ha advertido de que «la no adopción de medidas cautelarísimas» sobre esa limitación del aforo por parte del Gobierno de Lakua «puede generar pérdidas», si bien «cabría su indemnización» posterior de prosperar el recurso de la Liga.
La Sala establece asimismo dar audiencia a la Administración demandada «con el límite» de las 12.00 horas del día 14 de septiembre para que el Gobierno de Lakua argumente su decisión, tras lo cual adoptará una resolución al respecto «en pocos días».