Saioa Agirre y Naia Zuriarrain se sometieron a una versión mejorada del Protocolo de Estambul para analizar aspectos sicológicos y que fue validada internacionalmente. En ambos casos, el relato de las torturas que denunciaron durante la incomunicación a la que fueron sometidas en su detención tiene consistencia y es creíble, según han declarado dos peritas que elaboraron sendos informes a petición de las defensas.
Según han manifestado, en el caso de Saioa Agirre no acudió a una consulta para someterse al Protocolo de Estambul, sino para tratarse de una sintomatología de estrés postraumático y una depresión moderada. Según ha explicado la sicóloga que le trató, en ese momento, en 2011, no estaba preparada para trabajar el trauma, porque volver a recordar la situación que se lo generó le resultaba muy duro. Pese a que clínicamente era recomendable acometer el trauma que generó el estrés, debido a la situación de Agirre se limitaron a tratar la sintomatología.
En el caso de Naia Zuriarrain, se grabó en audio y en vídeo su testimonio. La sicóloga que le atendió ha explicado que acudió a la consulta en el marco de una investigación sobre 202 casos de denuncias de tortura que realizó el Gobierno de Lakua. Fueron quienes impulsaron esta investigación quienes enviaron a Zuriarrain a la consulta. Al igual que en el caso de Agirre, no acudió por su voluntad a someterse al Protocolo de Estambul.
«Existe concordancia»
En ambos casos, los dos peritos han subrayado que «existe concordancia entre las consecuencias sicológicas y la descripción de la tortura» realizada, así como que el relato que las dos acusadas realizaron tiene «máxima consistencia». Es decir, tiene credibilidad en base a unos criterios objetivos en base a una metodología estandarizada y reconocida internacionalmente.
Los testimonios de torturas de Agirre y Zuriarrain marcaron el inicio del juicio en julio, cuando relataron el trato al que fueron sometidas durante la incomunicación de su detención. La denuncia de las torturas ha sido una de las irregularidades que las defensas han puesto en este procedimiento. Además de los testimonios que hoy han sido reforzados por la declaración de las peritos, existe un documento interno de la Guardia Civil que establece que a los abogados detenidos en este operativo había que darles «un trato exquisito» que no se extendió al resto de arrestados.
En la sesión de hoy, además, han declarado varios agentes de la Guardia Civil como peritos, que, a preguntas de la defensa, han señalado que las pruebas de huellas y ADN realizadas a varios objetos incautados en los registros de los despachos de abogados no aportaron identificación alguna.
Hasta el 29 de octubre, ¿con el CNI?
Tras la vista de hoy, el juicio volverá a sufrir una nueva interrupción y no se retomará hasta el 29 de octubre. Para entonces, la sala que preside Ángela Murillo tendrá que resolver sobre la demanda de las defensas en relación a otra de las claves del juicio, la participación de agentes del CNI, sin control judicial, en la investigación que dio origen al sumario 13/13.
Para las defensas, la comparecencia de estos testigos es fundamental, pero el tribunal no ha podido citarles, ya que desde la agencia de inteligencia española no se ha determinado la identidad de los mismos. Ante estos hechos, las defensas han presentado un recurso de súplica ante la sala que deberá resolver antes del 29 de octubre para saber si los agentes del CNI comparecen como testigos o no. Las defensas llegaron a solicitar que se suspendiera el juicio hasta que no se aclarase este punto, a lo que sala que preside Ángela Murillo se negó.
En cualquier caso, la participación, sin control judicial, del CNI en el comienzo de la investigación que dio origen al sumario 13/13 ha quedado acreditada en la vista con las declaraciones de agentes de la Guardia Civil, que reconocieron que miembros de la agencia de inteligencia les aportaron transcripciones de intervenciones de conversaciones telefónicas de las que no consta permiso judicial. Con esas transcripciones se elaboró el informe denominado ‘Halboka’, que se entregó en la Audiencia Nacional. Posteriormente, el juez, basándose en este informe, ordenó las detenciones y registros de domicilios y despachos de abogados y construyó el sumario 13/13.
El procedimiento de colaboración con el CNI era el siguiente. Los agentes de la Guardia Civil pedían información sobre personas a las que investigaban. «Si la tienen, nos la dan. Y si no, no», declaró uno de estos agentes. La Guardia Civil no tenía, según este testimonio, acceso directo a las intervenciones telefónicas, sino que era el CNI quien facilitaba las transcripciones tras la demanda del instituto armado. «Me dan lo que yo les pido», explicó uno de estos agentes.