Daniel   Galvalizi
Periodista
Elkarrizketa
Santiago Moreno Recio
Abogado laboralista

«Con esta reforma, estadísticamente bajarán los contratos temporales pero no la precariedad»

Moreno Recio analiza los efectos prácticos y continuidades con la reforma laboral aprobada por el Congreso. Destaca los cambios en temporalidad y ultraactividad pero advierte de la permanencia de varios vicios de 2012, como la facilidad del despido: «No podemos decir que cambie el paradigma».

Santiago Moreno Recio.
Santiago Moreno Recio. (NAIZ)

«No nos leemos el convenio laboral de nuestro trabajo pero sí las instrucciones de las lavadoras», señala con humor Santiago Moreno Recio, marcando con ironía lo poco que sabe de sus derechos la media de trabajadores. Este abogado especializado en Derecho Laboral y autor del blog ‘Apuntes para un Laboralista’ lamenta que estos asuntos tan técnicos encuentren poco espacio en los medios. Eso no ayuda a la profundidad del debate y, por tanto, a que los trabajadores entiendan mejor de qué va.

Con la muy particular aprobación de los cambios parciales a la reforma laboral del PP en 2012, se acabó discutiendo más del procedimiento en las Cortes que de los efectos concretos a partir de ahora. Moreno Recio, también exprofesor universitario y actual cursante de Master en Derechos Humanos, recalca que no se puede identificar la precariedad sólo como algo relativo a la temporalidad y que ahora muchos contratos de obra no pasarán a fijos sino a discontinuos.

En entrevista a NAIZ repasa los aspectos de la reforma y los cambios pendientes y asegura que el Estado español tiene «un modelo de relaciones laborales muy deteriorado en la parte sindical, pensado para las grandes empresas fordistas, y eso ya no existe, casi todo es pymes».

En los efectos concretos, ¿en qué se percibirá desde este mes la reforma laboral?

Habrá un reflejo estadístico en los datos de temporalidad. Se ha hablado mucho del maquillaje a la tasa de temporalidad, que es altísima en España respecto a la UE, una patología estructural de nuestro mercado de trabajo. El acuerdo de patronal y sindicatos tenía como objetivo esto, que la tasa de temporalidad baje, que está disparada. Ocurre que se tiende a identificar la precariedad con la temporalidad y si bien es verdad que tener un contrato temporal con vigencia a corto plazo  crea inseguridad en los trabajadores y evidentemente dificulta su estabilidad, no es solo el tipo de contrato lo que trae precariedad.

Yo valoro en forma positiva que se suprima el contrato de obras, que se introdujo en 1994 con el PSOE y ahí es cuando empiezan a hacerse los primeros temporales. La particularidad que tiene es que en principio se utilizaba para aquella actividad que no tenía que ver con lo normal u ordinario de la empresa, pero después hubo una interpretación por parte del Supremo que equipara esa sustantividad propia con contratos con clientes o cesión administrativa y abrió la posibilidad de que se empezara a usar con contrato comunes.

¿Lo de la temporalidad es lo único positivo entonces?

A ver... yo valoro de forma positiva que este modelo de contratación desaparezca del ordenamiento jurídico. En diciembre de 2019, de 22 millones de contratos había 8 millones por obra, o sea un 37% de la contratación. Pero mi opinión es que no pasarán ahora aquellos a ser trabajadores en nómina sino con contrato eventual. El empresariado español ha asumido como forma de inserción en empresa la temporalidad. Creo que todos los del contrato de obra pasarán a ser eventual y la propia reforma admite que se utilice. Ahora algunos creen que comenzará a abusarse del contrato eventual, hay que tener cuidado. Y hay que recordar que no hay ninguna previsión en el real decreto ley sobre los contratos vigentes antes del 31 de diciembre. La reforma no es retroactiva, aquellos continuarán con la normativa anterior.

El Gobierno y los sindicatos dicen que ha mejorado la capacidad de negociación colectiva…

Sí, eso es algo positivo pero que hay que matizar. Una de las reivindicaciones fundamentales era lo de la ultraactividad de los convenios, que implicaba antes que tras la perdida de vigencia de un convenio colectivo, transcurrido un año si no había nuevo convenio los trabajadores perdían los derechos adquiridos en el convenio anterior y la consecuencia inmediata era que se obligaba a los sindicatos a negociar y hacer concesiones. En esto se ha dado marcha atrás y es una valoración positiva.

La otra reivindicación fundamental era la prioridad del convenio de empresa. Se ha reformado lo del 2012, que llevaba los salarios a la baja con un descuelgue salarial del convenio, como se dice. Fue una práctica habitual en empresas de servicios auxiliares, kellys, etc. Pero una precisión: se había pretendido que el convenio de empresa, con la modificación de la reforma, ya no fuera el convenio prioritario sobre el del sector. Sin embargo solo ha revertido en la materia salarial, pero no en las otras. Todavía hay prioridad de convenio de empresa en cosas importantes como duración de jornadas y complementos salariales. También hay recordar que no se cumplió la promesa de limitar en materia de subcontratación.

¿Por qué dice que habrá un cambio fundamentalmente estadístico?

Porque a efectos estadísticos aparecerá ahora como contratos indefinidos y se notará en la tasa de temporalidad pero en realidad serán contratos fijos discontinuos, que es otra cosa que el eventual, usado para circunstancias imprevistas de la producción. El fijo discontinuo es que la empresa puede hacer un llamamiento al trabajador, que deberá reincorporarse. Creo que lo que se ha venido vendiendo es que se utilice ese tipo de contrato, que puede tener buena aceptación en hostelería o con campañas concretas de mayor actividad en fechas determinadas, pero no creo que sea una buena alternativa a la eventualidad. En los datos aparecerán como contratos fijos pero en los hechos no lo serán.

Estadísticamente bajarán los temporales pero no la precariedad del mercado de trabajo. Si un empleado va a trabajar tres meses sí y tres meses no, sigue dando inestabilidad. Por eso digo que no se puede identificar solo precariedad con temporalidad. No podemos decir que esta reforma ha supuesto un cambio de paradigma y que ahora la norma general será el contrato indefinido.

 

«Con el despido se mantiene el régimen de la reforma del PP, que bajó de 45 días a 33 y flexibilizó mucho las causas objetivas de despido»

Ahora desde la otra perspectiva, ¿qué es lo malo de la reforma anterior que seguirá existiendo?

Bueno… sobre el despido no hubo ningún cambio. En el sistema ERTE tampoco, hay que recordar que se utilizó bien en la pandemia pero porque hubo un 80% de bonificaciones a la Seguridad Social para el empleador y ahora se continúa con ese mecanismo. Los despidos colectivos quedan sin cambios, antes estaban supeditados a un visto bueno de la autoridad autonómica o del Gobierno central, para ver si había habido fraude, y esto ya no lo es desde 2012.
Y con el despido se mantiene el régimen que fue tan contundente en la reforma del PP, que bajó de 45 días a 33 y se flexibilizaron mucho las causas objetivas de despido.

Todos sabemos que demorar facturación o alterar un balance es muy fácil y se sigue permitiendo echar por tres trimestres. Se perdieron los salarios de tramitación y no se recuperan. Entonces, desde fecha de despido hasta que existiese sentencia que declarara que es válido en caso de juicio por improcedencia, el empleado no cobra nada. La facilidad del despido libre y barato produce una autoexplotación de los propios trabajadores por el miedo a perder el puesto de trabajo. En la vigencia del contrato está supeditado al temor ante cualquier reivindicación. El miedo al despido paraliza.

Entonces tiene su limitación la mejora en la capacidad de negociación así…

Sí, porque otra cosa además que sigue y no se ha tocado es la modificación de jornadas de trabajo o aspectos de relación laboral: se permite a empresa entrar en negociación con los trabajadores y si no hay acuerdo la decisión que se adopta es la del empresario y queda unicamente la vía judicial. Se le da mucho poder a la decisión del empresario y solo les queda la vía judicial para impugnar. Sigue rigiendo la mera consulta no vinculante.

¿La reforma entonces no reconoce nuevos derechos?

Correcto. No se incorpora nada nuevo sino que se intenta reparar un poco lo perdido. Yo no vendería tanto los logros. En el texto no hay nuevos derechos desde un punto de vista jurídico. no es tampoco el Estatuto de los Trabajadores del siglo XXI ni el primer pilar del nuevo contrato social, como he leído que alguno dijo. Hay un desequilibrio tremendo en la relación entre empresarios y trabajadores. Ahora, lo del salario mínimo que se suba a 1.000 euros, intentamos ponernos a lo que viene marcando Europa, pero ya debería estar en 1.300 euros.

Hay quienes dicen que eso afectaría la contratación y la creación de nuevos empleos…

Está más que demostrado que esa teoría no es cierta. A mí ninguna de las empresas que asesoramos me dice que no va a contratar por el salario sino que deciden contratar por tener actividad económica. No es un desincentivo ni creo que impediría nuevas empresas. Es cierto que el sector servicios hostelería y comercio no puede tener salario mínimo de 1.500 porque el sector no lo puede aguantar. No puedes poner un café en Madrid a 2,50 con el nivel de salario que hay. Pero bueno, celebro que se vaya ajustando.

¿Le ha sorprendido la actitud de la CEOE, primero un poco amenazante y después contenta?

Bueno, han pactado algo que les fue muy bien. Quién iba a decir que cuando entró este Gobierno iba a acabar la reforma en esto... por eso tienen el apoyo de la CEOE, del IBEX, de Aznar y de Botín y para convalidarlo tuvieron el apoyo de Ciudadanos y del PdeCat. Al margen de intereses políticos, hay un tema aquí; esta norma a la patronal le viene bien.

 

«Mi temor es que esto va a consolidar el modelo de 2012 y cuestiona mucho el apoyo a un nuevo discurso de seguir derogando. Creo que se quiere poner un punto final»

 

A mí me hubiera gustado que se hubiera hecho una reforma en dos tiempos. Primero una por la urgencia de lo que pedían en Europa, pero luego tramitar un proyecto de ley. Hubieran hecho una primera fase y luego comprometerse a una cosa más ambiciosa, que fuera una exigencia pública a la patronal. El temor que tengo es que esto va a consolidar el modelo de relaciones laborales de 2012 y cuestiona mucho el apoyo a un nuevo discurso de seguir derogando. Creo que se quiere poner un punto final, porque la han firmado los sindicatos mas representativos.

¿Tiene pesimismo de cara al futuro sobre nueva mejora en los derechos laborales?

Es que ha venido una campaña tan buena a favor de Yolanda Díaz, vendiéndose esta reforma como un logro, que veo un sector muy minoritario en la izquierda más crítico, tengo mis dudas. Está cuajando la idea que se ha hecho todo lo que se podía. Queda legitimado el procedimiento con independencia de los resultados. También es cierto que la gente lo va a sufrir en su propia carne, vivirán lo del despido fácil en sus propias familias, y esto tendrá sus consecuencias. Se está fallando en comunicar.