Asier Robles

El ertzaina condenado usó la porra de forma «injustificada» y «no proporcional» contra Fátima

En la sentencia del juicio por lo ocurrido en marzo de 2020 en el barrio bilbaino de San Francisco, la jueza señala que el agente de la Ertzaintza, condenado a dos delitos leves de lesiones, usó la porra de forma «no proporcional» e «injustificada». Y destaca sus contradicciones.

Una manifestación convocada por SOS Racismo en Bilbo.
Una manifestación convocada por SOS Racismo en Bilbo. (Marisol RAMIREZ | FOKU)

La magistrada del Juzgado de lo Penal número 3 de Bilbo ha condenado a un agente de la Ertzaintza por dos delitos leves de lesiones contra Fátima, una mujer de origen magrebí, y su hijo Salman. En la sentencia señala que usó la porra de forma «no proporcional» e «injustificada». Además, destaca las contradicciones del ertzaina en sus diferentes declaraciones.

Los hechos ocurrieron el 29 de marzo de 2020 cuando agentes de la Ertzaintza detuvieron a Fátima y Saman en el barrio bilbaino de San Francisco. Un vídeo difundido en redes sociales evidenció la violencia empleada por los agentes. Sin embargo, la Ertzaintza imputó a Fátima un delito de atentado contra la autoridad y lesiones. Esta, por su parte, denunció al agente por detención ilegal y lesiones. El juicio se celebró hace un par de semanas.

En un primer momento, la Ertzaintza imputó a Fátima un delito de atentado contra la autoridad. En el juicio, el abogado del ertzaina pidió para la mujer dos años de cárcel por atentado y dos meses de multa con una cuantía diaria de 10 euros por lesiones. Y junto a ello, una indemnización de 120 euros «por los días de curación no incapacitantes».

Sin embargo, la jueza la ha absuelto al no ver en su actuación ningún delito. Por contra, ha condenado al agente «como autor responsable de dos delitos leves de lesiones», a una multa de 480 euros. Asimismo, tendrá que indemnizar a Fátima con 156 euros y a Salman con 105 por las lesiones causadas. Y tendrá que pagar la mitad de las costas del juicio.

«No proporcional» e «injustificado»

Usando como prueba el vídeo grabado por un vecino, la jueza señala en la sentencia que el ertzaina uso la porra contra Salman de forma «injustificada», y posteriormente contra Fátima de forma «no proporcionada».

«No hubo ningún exceso en una actuación justificada del agente, sino una actuación injustificada», señala la sentencia.

«Por el visionado de la grabación de los hechos, no existía una necesidad racional de intervenir con el bastón policial en el momento que la utilizó. Salman, salvo un enfrentamiento verbal, ningún acto violento ni agresivo realizó que hiciera necesario el uso del bastón. No concurría, por tanto, ningún motivo que justificara la acción del agente. No hubo ningún exceso en una actuación justificada del agente, sino una actuación injustificada», señala la sentencia sobre la detención de Salman.

Tras ello, Fátima acudió al lugar donde estaba siendo detenido su hijo y tuvo un forcejeo con el ertzaina, que llegó a usar la porra en varias ocasiones. En este caso, la jueza ve «desproporcionada» la actuación policial:

«El agente no está solo, cuando hace uso del bastón policial está a su lado otro agente de la Ertzaintza. No concurre peligro para la vida ni integridad física de los intervinientes ni de terceras personas. Fátima intenta apartar al agente, quiere acceder a su hijo, pero ello no justifica el uso del bastón policial, cuyo uso no es proporcionado a las circunstancias concretas en las que se desarrollan los hechos. Fatima da un manotazo de escasa entidad dirigido al brazo del agente quien responde con un golpe contundente con el bastón policial y seguidamente la acusada da un manotazo dirigido al cuello del citado agente, manotazo que tampoco se revela de especial intensidad, y sin embargo el agente responde nuevamente con otro golpe usando el bastón policial, lo que supone una clara extralimitación que no pude ser amparada so pretexto del cumplimiento de un deber», relata la sentencia.

Contradicciones del ertzaina

Además, la jueza señala en su escrito que el ertzaina incurre en contradicciones en sus sucesivas declaraciones a lo largo del procedimiento. En su primera comparecencia en dependencias policiales, cuando aún no había sido denunciado, no dice que Fatima Elefall le propinase un puñetazo ni manotazos «como sí dice en fase sumarial y como sí dice en el plenario y corrobora otro agente». También cambió su versión de los hechos sobre la detención de Salman.

Pero las contradicciones no acaban aquí: «Posteriormente en declaración prestada en fase sumarial así como en el plenario, no mantiene la misma versión de los hechos en relación a los motivos por los que usa el bastón policial contra Salman», dice la sentencia.

Igualmente ve contradicciones en su versión sobre las lesiones recibidas. En el parte del día que se produjeron los hechos, «el agente dice que durante un forcejeo en una actuación policial, ‘se ha hecho daño en el hombro izquierdo’, pero no refiere al médico haber recibido puñetazo, manotazo, ni consta cualquier marca o hematoma consecuencia de dicho puñetazo. Muy al contrario, en fase sumarial hizo constar que en el momento que Fátima agarra a su hijo, él intenta apartarla, tiene un tira y afloja con Fátima en el que se hace daño en el hombro», sentencia la jueza.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en un plazo de diez días ante el mismo juzgado.