Daniel   Galvalizi
Periodista

La reforma en las cuentas del rey español, un maquillaje que deja baches de impunidad

La decisión de Felipe VI de publicar su patrimonio y someterse al Tribunal de Cuentas puede representar un avance, no tanto por lo acordado sino por el punto de partida. El magistrado Joaquim Bosch explica los déficits pendientes: «Con estos cambios, lo del rey emérito igualmente podría ocurrir».

Los actuales reyes españoles, junto al emérito en el Día de la Hispanidad de 2012. (Dominique FAGET/AFP)
Los actuales reyes españoles, junto al emérito en el Día de la Hispanidad de 2012. (Dominique FAGET/AFP)

El calificativo de «sin precedente» regó la mayoría de las piezas periodísticas cuando informaron sobre el giro de la Casa Real con respecto a sus cuentas y la fiscalización de las mismas, anunciado días pasados. Es verdad que no había precedente pero, como todo en la vida, requiere de comparación para ser entendido.

La notable opacidad de las cuentas de los Borbón, perenne a lo largo de décadas de monarquía parlamentaria, hace que cualquier reforma que ponga luz llame positivamente la atención y no pueda dejar de ser bienvenida. Pero el camino de la transparencia es largo y los flecos pendientes, demasiados.

Primeramente, vale recordar lo sucedido: Felipe VI hizo público su patrimonio personal, que asciende a más de 2,5 millones de euros, de los cuales alrededor del 90% son depósitos bancarios y en valores, y el resto son objetos de arte, bienes y joyas. La decisión de publicar estos datos, según la propia Corona, es por «transparencia y ejemplaridad» y para «reforzar la confianza» en la Casa Real.

Además, el Consejo de Ministros aprobó un proyecto presentado por el presidente del Gobierno español (obviamente pactado con el rey) en el que se establece que a partir de ahora los presupuestos de la Casa Real serán auditados por el Tribunal de Cuentas, para lo que se formalizará un convenio de colaboración. Hasta ahora, eran fiscalizados por la Intervención General del Estado, y no por el mencionado tribunal, que audita los otros organismos estatales.

También se expedirá una nueva regulación de la actividad contractual, que introduce el principio de publicidad en las contrataciones que realice la Casa del Rey y nuevas instrucciones y parámetros. Cabe destacar que estos parámetros serán decididos por el propio monarca y que Moncloa anunció que el real decreto no regula la declaración de bienes, por lo que la publicación del patrimonio será con la periodicidad que el jefe de Estado desee. Por su parte, el Tribunal de Cuentas no enviará al Parlamento su revisión.

Es un avance, aunque insuficiente, porque la Jefatura del Estado estaba huérfana de control estatal

«Creo que esto representa un avance, aunque insuficiente. Es avance porque la Jefatura del Estado estaba huérfana de control estatal en concordancia con el control a otras instituciones del país», explica en conversación con NAIZ el juez Joaquim Bosch, uno de los máximos especialistas en corrupción y administración pública en el Estado español, y autor del libro ‘La patria en la cartera’ (Ariel, 2022), que desenreda el hilo corrupto en la esfera política desde el franquismo hasta la fecha.

Según el jurista valenciano, la Jefatura del Estado es «un engranaje importante por el carácter simbólico y representativo» que tiene, y el vacío de control que había «era algo negativo», existiendo «como un mundo aparte», que ahora «se corrige con el decreto pero solo parcialmente».

«Los cambios son insuficientes porque faltan cosas para que el funcionamiento de la Casa Real y la propia Jefatura del Estado se puedan equiparar a lo que es adecuado para un país de la UE», subraya.

El Triángulo de la Zarzuela

Entre las islas Bermudas, la costa de Florida y Puerto Rico hay un área geográfica triangular en la que por mucho tiempo desaparecieron embarcaciones asiduamente, creando un mito por décadas. Salvando las distancias, la Zarzuela tiene sus zonas difusas en el manejo de recursos que por ahora siguen intactas, incluso tras el nuevo real decreto ley.

Bosch señala varios de los puntos deficitarios: «Algo importante que falta es que el conocimiento del patrimonio del jefe del Estado no está en la línea equivalente a lo que es para otros representantes públicos. (Felipe VI) Hizo la declaración de patrimonio pero de manera voluntaria; el decreto no regula nada de esto, y eso es llamativo».

También considera que hay un «elemento de riesgo, como se sabe, por la trayectoria del rey emérito» en lo que hace al control de los ingresos «que no provienen del espacio público». En lo ocurrido con Juan Carlos de Borbón, «si bien en la gestión de sus presupuestos públicos tampoco hubo control, los problemas no vinieron de ahí, sino por lo ajeno a ello, por el patrimonio privado».

«Lo del Tribunal de Cuentas es una regulación extraña porque, siendo un órgano cuyas autoridades son designadas por el Congreso de los Diputados, sorprende que pueda analizar los gastos del rey pero no se rinda cuentas al Parlamento. Ello sería lo lógico porque es el órgano de la soberanía popular», recalca.

Otra cuestión tiene que ver con las contrataciones. Bosch pone la lupa en la contradicción que supone que la nueva normativa «establece mecanismos de conocimiento de las contrataciones que realiza la Casa del Rey pero las hace depender de las instrucciones del propio jefe de Estado».

Bosch: «Esto no ha venido precedido por el debate parlamentario en el que se ve representada la soberanía popular»

En ese sentido, añade: «Si hay regulación de contratos, ¿por qué no se aplica la legislación estatal? El rey debería apartarse y lo lógico sería que la misma legislación administrativa fuera trasladable al funcionamiento de la Corona. Se fijan cánones y las contrataciones se tendrán que publicar, pero es llamativo que se considere eso un avance, lo es porque el punto de partida era muy bajo».

El magistrado advierte un «cuarto elemento objetable», indicando que, «por la relevancia que tiene la Jefatura del Estado, haría una una ley de la Corona, algo que está contemplado en la Constitución. Podría utilizarse una ley así para regular de manera más precisa y detallada su funcionamiento, y en una sociedad democrática sería positivo que se dé un debate parlamentario».

Al respecto, remarca que el avance parcial que significa el decreto no es producto del Congreso: «Esto no ha venido precedido por el debate parlamentario en donde se ve representada la soberanía popular». Al ser un real decreto, también es cierto que, de arrepentirse, ni Felipe VI ni nadie en la línea de sucesión podría cambiarlo por sí mismo.

El emérito la habría sorteado igual

Preguntado sobre si la reforma aprobada por el Consejo de Ministros habría evitado lo sucedido con el rey emérito si hubiese sido impulsada, haciendo un ejercicio de imaginación, por ejemplo en 1990, Bosch asegura que no.

«Al tener este decreto la omisión importante en la falta de control sobre los ingresos privados del rey, no se habrían evitado los hechos que se dieron a conocer en los medios de comunicación. Si se hubiera cumplido esa misma regulación, habríamos sabido que hubo esos otros ingresos por la declaración de patrimonio, es cierto, se hubiera sabido del crecimiento patrimonial, pero no se habrían evitado los hechos informados», responde.

La reforma impulsada por Moncloa, por tanto, puede decirse que se queda corta, al poner más luz pero no claridad y dejar intactos algunas carencias de legitimidad y fiscalidad difíciles de encajar en una democracia moderna.