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Confirmado un fallo por violación en Tutera y a prisión un condenado por agresión en Iruñea

El TSJN ha confirmado una condena de tres años de prisión impuesta a un hombre acusado de intentar violar a una mujer en estado de embriaguez en Tutera. Además, una jueza ha enviado a prisión a un condenado a 1 año y 3 meses que incumplió el alejamiento y agredió a su expareja en Iruñea.

Foto de archivo de una concentración en Tutera contra una agresión sexual.
Foto de archivo de una concentración en Tutera contra una agresión sexual. (Iñigo URIZ | FOKU)

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa (TSJN) ha confirmado una condena de tres años de prisión impuesta el pasado noviembre por la Audiencia a un hombre que intentó violar a una mujer en estado de embriaguez en Tutera.

Entre otros argumentos, la Sala destaca, además del testimonio de la víctima, las declaraciones determinantes de los testigos presenciales, así como las de los agentes de policía y los peritos.

Los hechos ocurrieron el 1 de mayo de 2018 cuando, a la salida de un bar de Tutera, el acusado la tumbó de modo violento en el suelo y se puso encima de ella. Esta situación fue percibida por tres jóvenes que estaban por la zona, quienes le instaron a que cesara en su actitud. Cuando, tras varios minutos, el inculpado se levantó, le pegó un puñetazo en la cara a la víctima, quien había estado en todo momento «gritando y dando manotazos al aire».

El encausado, que abandonó el lugar rápidamente, fue seguido por dos de los testigos hasta que fue interceptado por agentes de la Policía española de Tutera. La víctima, por su parte, fue trasladada al hospital Reina Sofía, donde los facultativos constataron que estaba «en un acusado estado de embriaguez».

La Sección Segunda de la Audiencia de Nafarroa, que no consideró probado que se hubiera consumado la violación, impuso una condena de 3 años de prisión por un delito de agresión sexual en grado de tentativa, así como 480 euros de multa por un delito leve de lesiones. Tanto la defensa como la acusación recurrieron al TSJN.

El TSJN ha confirmado la sentencia. Según consta en el reciente fallo judicial, que puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo español, el procesado indemnizará con 6.200 euros a la víctima, a la que no podrá acercarse ni comunicarse con ella durante 6 años. Asimismo, a la conclusión de la pena de prisión, cumplirá una medida de libertad vigilada durante 5 años, ha detallado en un comunicado el TSJN.

De esta forma, rechaza el recurso del condenado, quien en primer lugar reclamaba la absolución y, subsidiariamente, que se estimase la atenuante de embriaguez y se le impusiese una pena no superior a un año y medio de prisión.

A prisión en Iruñea por incumplir el alejamiento y agredir a su expareja

Por otro lado, la titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Iruñea ha decretado el ingreso en prisión de un condenado a un total de un año, tres meses y diez días de prisión por haber quebrantado la orden de alejamiento y comunicación con su expareja, a la que además propinó un empujón.

Según han informado desde el TSJN, la sentencia fue dictada de conformidad tras haber admitido el acusado los hechos y penas: 8 meses de prisión por un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar y 220 días de prisión por un delito de maltrato no habitual. El inculpado, además, no podrá acercarse ni comunicarse con su excompañera durante 2 años.

Tras la sentencia, la magistrada acordó el inmediato ingreso en prisión del encausado al considerar que no procedía la suspensión de la pena debido a la reincidencia del quebrantamiento. En la resolución judicial se consideró probado que el 2 de diciembre de 2021 este mismo Juzgado de Violencia sobre la Mujer había acordado una orden de protección en virtud de la cual el procesado no podía comunicarse ni aproximarse a menos de 300 metros a su expareja.