«No hay evidencia de que esta medida tenga un efecto en la reducción de la transmisión del SARS-CoV-2». «No refleja realmente el estado inmunitario. Equipara el estar vacunado con estar inmunizado y esto no se ajusta a la realidad». «Existe un claro riesgo de que su utilización pueda suponer la relajación de medidas de prevención en interiores». «Habría que asegurarse de que no genere situaciones de inequidad». «Si la incidencia sigue subiendo, y es muy probable que así sea, es posible que acabe generando más desconfianza en las instituciones públicas».
Estas son algunas de las contundentes conclusiones a las que llegó la “Ponencia de Alertas, planes de preparación y respuestas y Comisión de Salud Publica” sobre la «utilización del Certificado Digital Covid para el acceso a actividades de ocio y otros espacios interiores». El documento fue remitido el 23 de noviembre a la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y tuvieron acceso a él los responsables de todas las comunidades autónomas. El organismo no lo utilizó porque nunca se impuso la obligación del pasaporte para todo el Estado.
Es decir, el Departamento de Salud de Gotzone Sagardui conocía ese documento cuando el lehendakari, Iñigo Urkullu, firmó el «Decreto 47/2021, de 14 de diciembre» por el que extendió la obligación de presentar el pasaporte covid para acceder a establecimientos de hostelería y restauración independientemente de su aforo durante aquellas navidades, a salas de conciertos, gimnasios y polideportivos, además de instalaciones deportivas cerradas para más de cien personas.
Abundantes datos científicos
Resulta especialmente relevante que en el mencionado decreto el lehendakari firma que «el informe aportado por la Dirección de Salud Pública y Adicciones pone de manifiesto la abundancia de datos científicos que avalan que es una posible medida eficaz para hacer frente a la transmisión de la enfermedad a nivel comunitario».
El problema es que esos supuestos «abundantes datos científicos» no fueron expuestos ni en el mencionado decreto ni tampoco cuando se solicitó la autorización al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Por contra, lo que sí existía era el informe de la Ponencia de Alertas, que sin embargo no fue remitido a los jueces.
De hecho, este documento técnico fue deliberadamente ocultado en su momento por las autoridades políticas sanitarias, mientras distintas comunidades autonómicas iban imponiendo el pasaporte covid. Es más, según ha sabido este diario, su existencia fue negada, entre otros, al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
El TSJPV ya lo tiene
A raíz de una demanda particular interpuesta contra el decreto del lehendakari del 14 de diciembre que extendía el uso del pasaporte covid, el TSJPV pidió este informe de la Ponencia de Alertas al Ministerio de Sanidad, y la directora de Salud Pública, Pilar Aparicio Azcárraga, se la remitió el pasado 30 de mayo.
La Ponencia de Alertas, que enumera los elementos negativos antes citados de la exigencia del pasaporte covid, solo le ve la virtualidad de que transmite el mensaje de que el riesgo continúa y que puede incentivar y estimular la vacunación. Pero a esto contrapone que con un 90% de mayores de 12 años vacunados «la ganancia en coberturas de vacunación no sería muy importante». Y pese a toda evidencia, Lakua lo impuso.