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El TSJC confirma el procesamiento y rechaza juzgar por jurado popular a Laura Borràs

El TSJC ha confirmado el procesamiento de la presidenta del Parlament, Laura Borràs, en la causa abierta por adjudicar presuntamente a un amigo 18 contratos cuando dirigía la Institució de les Lletres Catalanes (ILC).

La presidenta del Parlament, Laura Borràs, en el Congreso de JuntsxCat este domingo.
La presidenta del Parlament, Laura Borràs, en el Congreso de JuntsxCat este domingo. (Lorena SOPÊNA | EUROPA PRESS)

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha confirmado el procesamiento de la presidenta del Parlament, Laura Borràs, y ha rechazado su petición de ser juzgada por un jurado por adjudicar presuntamente a dedo a un amigo 18 contratos cuando dirigía la Institució de les Lletres Catalanes (ILC).

En un auto, difundido por Europa Press, el TSJC descarta que la juzgue un tribunal popular porque la Fiscalía no la acusa finalmente de los delitos de malversación y fraude, los que citaba Borràs para justificar su petición, ya que el Ministerio Público solo le atribuye los presuntos delitos de prevaricación y falsedad documental.

La Sala también inadmite la recusación del magistrado instructor, Carlos Ramos, reclamada por el abogado de Borràs, Gonzalo Boye, porque lo ve «un abuso de Derecho y un fraude procesal» dirigido a apartar al juez predeterminado por la ley y a dilatar la tramitación para retrasar la apertura del juicio oral.

La Sala responde a la crítica de Borràs a que el magistrado fuera escogido por el Parlament en 2004 con intervención según ella decisiva del PSC, y en su auto asegura que «no se puede atribuir a un magistrado una finalidad política como consecuencia de un determinado sistema de nombramiento».

Además de Borràs, en la causa están procesados Isaías H., supuestamente favorecido con contratos menores de la ILC presuntamente fraudulentos, y Andreu P., que presuntamente participó en preparar los presupuestos y facturas para estos contratos.

También estaba en la causa el técnico de la institución Roger E. por presuntamente facilitar los trámites, aunque la Sala ha decretado el sobreseimiento provisional parcial de su procedimiento «por no existir indicios racionales suficientes de que hubiera intervenido en los hechos que han dado lugar a la formación de la causa».