La Sala de lo Social del Tribunal Supremo español ha emitido una sentencia por la que se condena a la empresa Bridgestone (antigua Firestone) al pago de 148.746 euros en concepto de indemnización por daños y perjuicios a la familia de un trabajador fallecido por la exposición al amianto en la planta de Basauri, según ha informado CCOO.
J.A.B. estuvo trabajando en la empresa desde 1969 hasta su jubilación en el año 2009, siendo diagnosticado de mesotelioma pleural en 2013 y falleciendo por esta patología en 2014. Una vez reconocido el origen profesional de la enfermedad tras el informe emitido por Osalan que la vinculaba con la exposición al amianto, el Instituto Nacional de la Seguridad Social emitió igualmente una resolución por la que se declaraba un recargo del 50% de todas las prestaciones, a pagar por la propia Bridgestone Hispania S.A. debido a la ausencia de implantación de medidas preventivas frente a los riesgos derivados del amianto.
La sentencia recoge la existencia de numerosos planes de retirada de amianto en las instalaciones de la empresa, que dan cuenta de la presencia de este material cancerígeno en diversas instalaciones y calorifugados de tuberías.
En relación con la problemática del amianto, CCOO considera «una buena noticia» la aprobación el pasado 5 de octubre en el Senado del texto para una ley de creación del fondo de compensación para las víctimas, si bien igualmente el sindicato considera que es necesario abordar otras vertientes.
Por ello, el responsable de salud laboral de CCOO de la CAV, Alfonso Ríos, vuelve a exigir a la Dirección de Salud Pública del Departamento de Salud del Gobierno de Lakua reconocimientos médicos específicos para familiares convivientes de personas trabajadoras expuestas al amianto. El sindicato ha realizado esta solicitud por escrito y de forma oficial hasta en dos ocasiones, las mismas en las que la petición ha sido denegada por el Departamento de Salud.