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La ley del «sí es sí» es usada por jueces españoles para reducir condenas de abusos

En una maniobra que parece coordinada y que el Gobierno español tilda de «reaccionaria», diferentes juzgados estatales están reduciendo condenas por abusos en aplicación de la llamada ley del «solo sí es sí», que precisamente trataba de agudizar la persecución de estos casos.

Denuncia de la «Justicia patriarcal» en Bilbo en 2018, tras la sentencia inicial del «caso de La Manada».
Denuncia de la «Justicia patriarcal» en Bilbo en 2018, tras la sentencia inicial del «caso de La Manada». (Marisol Ramirez | Foku)

La delegada del Gobierno español contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, ha achacado este martes la rebaja de condenas por delitos sexuales derivadas de la aplicación de la ley del «sólo sí es sí» a una lectura «reaccionaria y sorprendente» de esa norma por parte de los jueces.

«El Poder Judicial tiene que hacer su trabajo formándose y aplicando la ley completa tal como es, y no de una manera tan reaccionaria y sorprendente», ha señalado Rosell este martes tras la reunión de la Conferencia Sectorial de Igualdad, donde ha asegurado que la norma es «magnífica».

La aplicación efectiva de esta norma está trayendo una enorme paradoja: si bien el objetivo del Gobierno era mejor la persecución de estos casos, diversos tribunales la están usando rebajar condenas ya existentes. Hará falta más tiempo y datos para confirmar si se trata de una especie de sabotaje coordinado o solo una aplicación rigurosamente garantista y urgente por parte de estos tribunales.

La nueva tipificación de los delitos sexuales que introdujo la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como ley del «sólo sí es sí», ha supuesto que los tribunales revisen a la baja las sentencias de algunos condenados, como muestran cuatro resoluciones a las que ha tenido acceso EFE.

Esto se justifica desde estos juzgados en que, si bien la norma introdujo que todo acto sexual sin el consentimiento de la otra persona es una agresión, también supuso la reducción de algunas penas mínimas, como la del propio delito de agresión, que quedó en cuatro años frente a los seis contemplados anteriormente en el Código Penal.

Casos concretos

Uno de los casos concretos en los que se ha aplicado la reducción de pena ha sido el de un hombre que abusó sexualmente de la hija de su pareja, de 13 años, en 2020. Al reducirse la pena mínima por el delito por el que fue castigado, la sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid ha disminuido dos años (de ocho a seis) su condena.

Para Rosell, es «evidente» que en este caso «hay un error» y que el magistrado que ha tomado dicha decisión «no se ha leído el artículo completo».

La delegada del Gobierno español ha reivindicado que «la ley no baja las penas», sino que contempla la «posibilidad» de rebajar los castigos para las «violencias de menor entidad, como por ejemplo los tocamientos en el transporte público».

Y ha matizado que, incluso en estos casos, existe una excepción: no se pueden aplicar la reducción en casos donde se utilicne la «fuerza, intimidación, violencia o abuso de superioridad».

Sobre la reducción de la condena a un profesor por abusos sexuales contra cuatro menores al considerar el tribunal la destipificación del delito que castigaba a aquel que mediante engaño o abuso de poder realice actos de carácter sexual con alguien mayor de 16 y menor de 18, Rosell ha calificado dicha decisión de «lectura superficial y de brocha gorda».

La delegada del Gobierno ha recordado que ahora solo existe «la agresión sexual sin consentimiento» y ha especificado que «si hay engaño no hay consentimiento». «Es una lectura tan superficial y de brocha gorda que espero que no sea real que esto corresponda a una resolución judicial», ha aseverado Rosell, quien lamenta que estas interpretaciones «crean inseguridad en las mujeres».

Según agencias, este martes constan ya cinco reducciones de condenas, firmadas por once jueces de la Audiencia Provincial de Madrid y tres del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

«Problema de formación»

«No es un problema de la ley, es un problema de interpretación voluntarista judicial en contra de los avances del feminismo», ha defendido la delegada del Gobierno, quien cree que en algunos casos está habiendo una «mala aplicación de la ley y mucho ruido».

A este efecto, Rosell ha señalado que la norma contempla la «formación obligatoria» en perspectiva de género, derechos humanos e infancia «de todos los profesionales que intervienen directa e indirectamente con las mujeres víctimas de violencia».

«No es una cuestión solo de aplicación de la ley, también es de formación», ha reivindicado la delegada del Gobierno, quien opina que «con una debida formación esto no hubiera sucedido».