El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) remitió ayer a los medios los datos provisionales sobre la revisión de casos a raíz de la nueva Ley de garantía de la libertad sexual, más conocida como ley del ‘solo sí es sí’. En el encabezamiento de la nota de prensa, el CGPJ, en guerra abierta con el Gobierno español, llamó la atención sobre las 721 reducciones de pena aprobadas por Audiencias provinciales, Tribunales Superiores de Justicia y Tribunal Supremo –también sobre las 74 excarcelaciones–. Un vistazo al Excel que acompañaba la nota, sin embargo, matiza el alarmismo, ya que en él constaba el número de casos revisados: 1.636. Es decir, se ha rebajado la condena en el 44% de los casos.
En Hego Euskal Herria, las cuatro Audiencias han registrado 155 peticiones de rebaja, a las que se ha accedido en 55 casos. Es decir, en una mayoría de casos –el 63%–, los tribunales vascos han desestimado rebajar la pena a los condenados por agresión o, en su día, abuso sexual. La cifra podría variar, ya que en Araba todavía hay cuatro casos pendientes de revisar, y en Gipuzkoa, tres.
Aunque el propio CGPJ advierte de que son datos incompletos, destaca que las cuatro audiencias de Hego Euskal Herria han rechazado 95 de las 155 revisiones solicitadas.
En cuanto a los tribunales superiores, el de la CAV ha revisado cinco casos, en dos de los cuales ha decidido reducir la condena. En Nafarroa, de los cuatro casos que han llegado al TSJN, se ha revisado uno, con reducción de condena. Los otros tres serán resueltos en los próximos días.
Al eliminar el delito de abuso sexual y penar con un nuevo rango de 4 a 12 años la agresión sexual –antes era de 6 a 12–, se abrió la puerta a que los condenados pidiesen revisar sus penas, dado que un reo siempre tiene derecho a ser condenado por la ley que más favorable. Las rebajas, sin embargo, parecen ser menos de las que sugieren los llamativos titulares, ya que el Código Penal establece que una pena no debe ser rebajada si puede ser impuesta con arreglo a la nueva ley.
Datos parciales
Aunque los datos son una primera aproximación a la fotografía real, esta dista de estar completa. El propio CGPJ advierte de que todavía están llegando nuevas peticiones de revisiones y que algunas de ellas todavía no han sido estudiadas. Además, los datos del Consejo General no incluyen las revisiones que hayan podido llevar a cabo los juzgados de lo Penal.
A todo esto hay que sumar la ausencia de datos que podrían dar pie a un análisis más cualitativo, como la dimensión de las rebajas aprobadas. Por ejemplo, la disminución de pena aceptada por el TSJN, sobre la cual informó el pasado martes, consistió en condenar a 13 años y nueve meses a una persona castigada previamente con una pena de 14 años y tres meses. Es decir, pese al impacto que producen los titulares sobre las rebajas, la disminución en este caso fue de solo cuatro meses sobre una condena que ronda los 14 años.