El candidato del PP a la Presidencia del Gobierno español, Alberto Núñez Feijóo, presentó ayer su programa electoral para el 23 de julio, que recoge 365 medidas, muchas de ellas, difíciles de poner en práctica, aunque muy efectistas para sus hooligans.
Por ejemplo, la medida 270 es «modificaremos la Ley Orgánica del Régimen Electoral General para impedir que quienes hayan sido condenados por terrorismo puedan ser elegibles sin acreditar arrepentimiento, perdón y resarcimiento a las víctimas y colaboración con la Justicia y a quienes se encuentren en situación de busca y captura».
Fuentes jurídicas expertas consultadas por este medio sostienen que «el derecho a presentarse en las elecciones es un derecho fundamental, y suprimirlo sería una restricción de un derecho fundamental».
Estas fuentes recuerdan que «no se le pueden limitar los derechos fundamentales a una persona si no hay una orden judicial». En este caso, además, no se le puede añadir a ninguna persona una condena, como esta inhabilitación para presentarse a unas elecciones, que no esté recogida en la sentencia que le llevó a la cárcel en su momento y que, además, ya ha cumplido en su integridad.
Incluso si se pudiera hacer un cambio legal, a través de la aprobación de una Ley Orgánica, la modificación no tendrían carácter retroactivo.
Y se añade otro problema al cumplimiento de la promesa electoral del PP, la referida a qué ocurriría en las elecciones europeas. La participación electoral es un derecho fundamental que se reconoce en el Tratado de Derechos Fundamentales de la UE, con lo que el Tribunal de Estrasburgo se pronunciaría en contra de este cambio legal propuesto por Alberto Núñez Feijóo.
Estas fuentes consideran «totalmente imposible» limitar derechos que no se han restringido en la condena y una locura tratar de hacerlo con carácter retroactivo. En tono coloquial lo resumen en que «si una persona ya ha cumplido condena, pues ya está, no se le puede limitar ningún derecho más».
La Fiscalía ya se pronunció
De hecho, en la polémica suscitada en las elecciones municipales del 28 de mayo por la presencia en las listas de EH Bildu de personas que ya habían cumplido su condena, la Fiscalía ya archivó la denuncia presentada por Dignidad y Justicia.
En su resolución, la Fiscalía dejó claro que «no se aprecia la concurrencia de circunstancia alguna que permita atisbar que nos hallemos ante un supuesto de inelegibilidad» de los previstos en el artículo 6.2 de la Ley de Régimen Electoral General (LOREG), «ni que los hechos objeto de la denuncia tengan trascendencia penal o constituyan un ilícito de esta naturaleza».
Utilización de víctimas
Pese a que ETA hace años que ya no existe, el PP no desiste de su intención de hacer un uso partidista de sus víctimas. El programa de Alberto Núñez Feijóo asegura que «utilizaremos todos los medios que pone a disposición de la Justicia el Estado de Derecho para investigar los 379 crímenes de ETA aún sin resolver», lo que vendría a dar a entender que José María Aznar y Mariano Rajoy no lo hicieron durante sus mandatos.
También añade que «garantizaremos la imprescriptibilidad de los delitos de terrorismo», lo que evidentemente en nada afectaría a la actividad de una organización inexistente.
El programa del PP afirma «nuestro compromiso permanente con las víctimas del terrorismo», a lo que añade que «rechazamos cualquier tipo de negociación o acuerdo de Gobierno con fuerzas políticas que, como Bildu, incluyan o hayan incluido a condenados por terrorismo en sus candidaturas o en sus estructuras orgánicas».
El PP también promete en su programa electoral recuperar el delito de sedición y regular «otras conductas de deslealtad de las instituciones dirigidas a poner en peligro la paz y el orden constitucional, ya sea mediante la convocatoria de referendos o consultas no autorizadas o maquinaciones dirigidas a socavar el crédito de España en la comunidad internacional».