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El Supremo japonés declara inconstitucional obligar a esterilizarse para cambiar de género

El Tribunal Supremo de Japón ha fallado que la ley que exige a las personas transgénero someterse a una cirugía para poder avalar su cambio de sexo y registrarlo oficialmente es «inconstitucional», una sentencia histórica para la comunidad LGTBI en el país asiático.

Movilización en las calles de Tokio por los derechos de las personas trans.
Movilización en las calles de Tokio por los derechos de las personas trans. (Yuichi YAMAZAKI | AFP)

El Tribunal Supremo de Japón ha declarado inconstitucional la ley que obliga a someterse a esterilización quirúrgica como requisito previo para la reasignación de género. La decisión se basa en la determinación de que el requisito de esterilización es contrario al artículo 13 de la Constitución, que subraya la importancia del respeto a los derechos individuales.

El fallo llega en relación con el caso presentado por una mujer transgénero, que denunciaba el requisito establecido por ley de someterse a la extirpación de sus órganos reproductores para poder así cambiar su sexo en el registro civil.

Así, el tribunal ha pedido a una corte de menor instancia que reevalúe este requisito, que obliga a que los genitales de estas personas coincidan con su género. Este histórico fallo supone un gran cambio respecto a el fallo del tribunal en 2019, cuando señaló que este requisito era avalado por la Constitución japonesa.

La demandante ha reivindicado la posibilidad de cambiar el sexo en el registro sin necesidad de someterse a cirugía alguna y ha afirmado que sus capacidades reproductivas han disminuido tras años de terapia hormonal, tal y como exige esta misma ley para poder solicitar el cambio.

El requisito de la intervención quirúrgica «supone una carga física y económica extrema» y, por tanto, vulnera la Constitución, que garantiza el respeto a las personas y la igualdad ante la ley, ha argumentado el tribunal, según informaciones recogidas por la agencia de noticias Kiodo.

La solicitud de cambio de sexo de la demandante había sido denegada por los tribunales de familia y los tribunales superiores al no haberse sometido a cirugía. La ley japonesa, establecida en 2004, establece que aquellas personas con «disforia de género» que deseen registrarse como miembros del sexo opuesto deben presentar, entre otras cuestiones, un diagnóstico de disforia de género de al menos dos médicos, no estar casado, no tener hijos menores de edad y «carecer de glándulas reproductivas o tener glándulas que hayan perdido su función de forma permanente».

El debate sobre la necesidad de reformar esta legislación ha ido aumentando en Japón a medida que otros países revocan este tipo de requisitos. Según el Tribunal Supremo, 11.919 personas lograron cambiar su sexo en el registro civil entre 2004 y 2022.

Esta es la duodécima vez desde 1945 que el Supremo nipón considera inconstitucional una disposición legal, lo que ejercerá presión sobre el Parlamento nacional con vistas a revisar la ley sobre personas transgénero.

La Corte Suprema también ordenó volver a repetir el juicio que originó la demanda que llegó hasta ella, y que afecta a una normativa que ha sido repetidamente denunciada por organismos internacionales y defensores de los derechos de las personas LGTB.

Amnistía Internacional: «Decisión histórica»

Amnistía Internacional ha celebrado la decisión del tribunal. «Ésta es una decisión histórica para los derechos de las personas transgénero en Japón y la señal alentadora más reciente de que los países de la región están reevaluando las prácticas y leyes discriminatorias que afectan a las personas LGBTI. La sentencia es un importante paso adelante, aunque la lucha por los derechos LGBTI en Japón sigue siendo una ardua batalla», ha apuntado en una nota.

En esa línea, ha pedido a las autoridades japonesas que «garanticen que el reconocimiento legal de la identidad de género no está supeditado a un diagnóstico psiquiátrico, un tratamiento médico como la cirugía de afirmación de género u otros requisitos abusivos o discriminatorios como no haber contraído matrimonio o no tener descendencia». Frente a ello, ha reclamado «un proceso administrativo rápido, accesible y transparente basado en la autodeterminación individual».