NAIZ

La Ley de Amnistía abarca los actos destinados a reclamar la soberanía de Catalunya desde 2012

Registrada ya en el Congreso, la Ley de Amnistía propone exonerar en el plazo de dos meses desde su aprobación «los actos cometidos con intención de reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Cataluña» desde 2012. El PSOE la presenta destacando que es constitucional y sanadora.

Imagen de archivo de políticos catalanes reprsaliados por el procés.
Imagen de archivo de políticos catalanes reprsaliados por el procés.

La proposición de Ley de Amnistía abarca desde el 1 enero de 2012 hasta este mismo lunes, 13 de noviembre, incluidas la consulta del 9 de noviembre de 2014, el referéndum del 1 de octubre de 2017 y los disturbios tras la sentencia del procés en 2019.

Así consta en el texto que se ha registrado este lunes en el Congreso de los Diputados, en el que se propone amnistiar delitos de usurpación de funciones públicas, malversación, desobediencia, desórdenes públicos y prevaricación.

Según estimaciones de ‘El País’, ello deberían exonerar a unos 300 independentistas y 79 policías que actuaron violentamente el 1-O, aunque todo ello será decidido en última instancia por los juzgados correspondientes, siempre en el marco de esta ley.

La aprobación no será inminente, sino que necesitará probablemente varios meses, más aún teniendo en cuenta la mayoría del PP en el Senado, que ya se está movilizando para promover retrasos. Y se le suma el anuncio de recursos al Tribunal Constitucional para intentar paralizar su aplicación. El PSOE ha reclamado que se gestione por procedimiento de urgencia y dice que sería posible aprobarla en un mes.

La norma ha sido registrada este lunes tarde en el Congreso por el ministro de la Presidencia en funciones y miembro de la Ejecutiva del PSOE, Félix Bolaños, que es «plenamente constitucional» tanto en el contenido como en su finalidad, «sin ningún género de dudas».

En una comparecencia en solitario, Bolaños ha apuntado que la amnistía es «un instrumento político reconocido en el derecho internacional» y ha revisado las últimas normas aprobadas en otros países europeos.

En cuanto a sus efectos, ha augurado «un paso de gigante para la convivencia y reencuentro en Cataluña». Ha considerado que la nueva ley «cerrará heridas» tras remarcar que su objetivo es encarrilar «de una vez por todas el conflicto que existe desde hace más de una década».

Ha llamado la atención que el PSOE registrara en solitario la iniciativa, sin contar con sus socios. Sumar se ha mostrado molesto por ello, mientras que al parecer ERC ha declinado poner su firma por dudas sobre cuestiones técnicas.

Detalles

Entrando en concreciones, el artículo uno establece que quedaran exonerados «actos determinantes de responsabilidad penal, administrativa o contable, ejecutados en el marco de las consultas celebradas en Cataluña el 9 de noviembre de 2014 y el 1 de octubre de 2017, de su preparación o de sus consecuencias, siempre que hubieren sido realizados entre los días 1 de enero de 2012 y 13 de noviembre de 2023».

Abarca las acciones realizadas que tengan por objeto «reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Cataluña, así como los que hubieran contribuido a la consecución de tales propósitos».

De este modo, quedarían amnistiados los actos determinantes de «responsabilidad penal, administrativa o contable», ejecutados en el marco de las consultas celebradas en Catalunya, tanto el 9-N como el 1-O, «de su preparación o de sus consecuencias, siempre que hubieren sido realizados entre los días 1 de enero de 2012 y 13 de noviembre de 2023».

No obstante, en su artículo 2, la ley cita algunas excepciones, como son «los actos dolosos contra las personas que hubieran producido un resultado de muerte, aborto o lesiones al feto, la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro, la pérdida o inutilidad de un sentido, la impotencia, la esterilidad o una grave deformidad; los actos tipificados como delitos de torturas o de tratos inhumanos o degradantes con arreglo al artículo 3 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, siempre que superen un umbral mínimo de gravedad; y los actos tipificados como delitos de terrorismo (...) siempre y cuando haya recaído sentencia firme y hayan consistido en la comisión de alguna de las conductas descritas en el artículo 3 de la Directiva (UE) 2017/541 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de marzo de 2017; los delitos de traición y contra la paz o la independencia del Estado y relativos a la Defensa Nacional del Título XXIII del Libro II del Código Penal».

En el texto se apunta también que los jueces tendrán que aplicar la amnistía con carácter preferente y urgente y que las decisiones se deberán adoptar en un plazo máximo de dos meses; ello sin perjuicio de los recursos que se presenten que, según señala, no tendrán efectos suspensivos.

Según consta en la proposición, la aplicación de la amnistía en cada caso «corresponderá a los órganos judiciales, administrativos o contables determinados en la presente ley, quienes adoptarán, con carácter preferente y urgente, las decisiones pertinentes en cumplimiento de esta ley, cualquiera que fuera el estado de tramitación del procedimiento administrativo o del proceso judicial o contable de que se trate».

Políticos represaliados

Tal y como estaba previsto en el marco de las negociaciones de las últimas semanas, la ley exonerará a políticos catalanes represaliados a causa del procés, tanto a lo que han sido condenados como a los que permanecen en el exilio.

El texto no hace mención expresa a sus nombres, pero la medida incluiría al exvicepresident de la Generalitat Oriol Junqueras y a los exconsellers Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, quienes fueron indultados pero permanecen inhabilitados por delitos de desobediencia y malversación después de que el Tribunal Supremo revisara sus condenas a raíz de la reforma que eliminó la sedición y modificó la malversación.

También afectaría a los dirigentes Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, condenados por desórdenes públicos tras la reforma, a la expresidenta del Parlament Carmen Forcadell y a los exconsellers Josep Rull y Joaquim Forn, condenados por desobediencia una vez aplicado el nuevo Código Penal, aunque en sus casos ya se extinguieron sus penas de inhabilitación y fueron indultadas sus penas de prisión.

Respecto a los políticos soberanistas que partieron al exilio, la amnistía beneficiaría al expresident catalán y líder de Junts Carles Puigdemont y a los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig, sobre los que pesa una orden de detención.

El texto a su vez tendría impacto en el caso de la secretaria general de ERC, Marta Rovira, refugiada en Suiza, y a la exconsellera y eurodiputada de Junts Clara Ponsatí, procesada por desobediencia.

La propuesta también contempla el procedimiento que se sigue contra 35 ex altos cargos encausados en el Tribunal de Cuentas (TCu) por el supuesto desvío de fondos públicos para los gastos del 1-O.

En esta causa la Fiscalía reclama 3,1 millones de euros de forma conjunta y solidaria a los 35 encausados tras rebajar las estimaciones iniciales del propio tribunal, que había previsto una responsabilidad contable de unos 9,5 millones de euros. Sociedad Civil Catalana, por su parte, reclama 5 millones de euros a 11 ex altos cargos del Govern.

La lista total de los 35 incluye al propio Puigdemont, Junqueras o al expresidente catalán Artur Mas. También recoge los nombres de exconsejeros condenados por el Supremo, como Romeva y Turull; exconsejeros huidos, como Comín y Puig; exdelegados de la Generalitat en el extranjero, como los de Estados Unidos, Francia, Italia y Portugal; y delegados en el exterior que aún permanecen en el cargo, como Marie Katinka (Alemania) y Eric Hauck (países del sudeste de Europa).

Al procedimiento sobre el 1-O y la acción exterior del Govern se suma la consulta del 9-N, lo que elevaría la responsabilidad contable hasta los casi 10 millones de euros.

Tsunami Democràtic y los CDR

A su vez, la norma dejaría sin juicio oral a los 12 miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) procesados bajo la acusación de un delito de «pertenencia a organización terrorista» que, según la Audiencia Nacional, planearon ocupar el Parlament de Catalunya y que participaron en los cortes de carreteras o levantamientos de barreras de peaje.

También en el seno de la Audiencia Nacional, la amnistía abarcaría a los 10 investigados por los disturbios presuntamente organizados por Tsunami Democràtic tras las condenas por el procés en 2019, y que fueron desde las protestas del aeropuerto de El Prat, al corte de la frontera de la Jonquera.

Cabe reiterar que la ley explica que quedan excluidos de la amnistía únicamente «los actos tipificados como delitos de terrorismo castigados en el capítulo VII del Título XXII del Código Penal siempre y cuando haya recaído sentencia firme». La causa de los CDR está pendiente de juicio y la relativa a Tsunami sigue en instrucción, por lo que no ha habido fallo en ninguno de los dos casos.

La amnistía abarcaría también «los actos de desconsideración o crítica vertidos contra las autoridades y funcionarios públicos, los entes e instituciones públicas, así como sus símbolos o emblemas, en el curso de manifestaciones, asambleas, obras o actividades artísticas u otras de similar naturaleza que tuvieran por objeto reivindicar la independencia de Cataluña o la celebración de las consultas».

Incluye además «los actos de desobediencia, cualquiera que sea su naturaleza, desórdenes públicos, atentado contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, resistencia u otros actos contra el orden y la paz pública que hubieran sido ejecutados con el propósito de mostrar apoyo a los objetivos» del soberanismo o «a los encausados o condenados por la ejecución de cualesquiera de los delitos» amnistiados.

Ninguna alusión a ‘lawfare’

La proposición de ley de amnistía no incluye ninguna alusión al ‘lawfare’ o persecución política desde los tribunales y tampoco menciona las comisiones de investigación en el Parlamento sobre sentencias judiciales, según se ha filtrado. Asociación de judicatura de diferente signo se habían mostrado en contra de este posibilidad, que quedaba además bajo la lupa de la Comisión Europea.

El texto ignora esos dos aspectos incluidos en el acuerdo entre el PSOE y Junts, pero sí prevé la reforma del Código Penal para incluir en su artículo 130 la amnistía como causa expresa de extinción de la responsabilidad penal junto al indulto.