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El Supremo investigará a Puigdemont por «terrorismo» con un auto repleto de referencias vascas

Tras los vaivenes entre acusadores y la posición de la teniente fiscal en contra, el Supremo ha abierto causa contra Carles Puigdemont y Rubén Wagensberg por delitos de «terrorismo», calificación que da a las acciones de Tsunami Democràtic, en un auto con constantes referencias a Euskal Herria.

Una multitud se concentra en el aeropuerto de Barcelona-El Prat, en protesta por la sentencia del Tribunal Supremo sobre el juicio del 'procés', el 14 de octubre de 2019.
Una multitud se concentra en el aeropuerto de Barcelona-El Prat, en protesta por la sentencia del Tribunal Supremo sobre el juicio del 'procés', el 14 de octubre de 2019. (Marc GONZÁLEZ | EUROPA PRESS)

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado por unanimidad declarar su competencia y abrir causa para investigar y, en su caso, enjuiciar al expresident de la Generalitat en el exilio Carles Puigdemont, actual eurodiputado, y al diputado del Parlament Rubén Wagensberg por delitos de «terrorismo» en relación a las acciones de Tsunami Democràtic.

El auto, firmado por jueces mediáticos como Carlos Marchena (procés) o Carmen Lamela (Altsasu), es una referencia constante a Euskal Herria, calificando las acciones de desobediencia de Tsunami Democràtic como «kaleborroka (sic) o terrorismo callejero».

«La morfología de las acciones enjuiciadas, en su aspecto externo, no existe duda, coincide, con particular exactitud, con la de las frecuentemente realizadas durante años en el País Vasco, por grupos violentos articulados de manera más o menos estable», señala el auto.

Para encajar estos actos en la definición de «terrorismo», los jueces del Supremo tiran de la sentencia del ‘caso Herriko tabernas’. «El terrorismo no es, ni puede ser, un fenómeno estático sino que se amplía y diversifica de manera paulatina y constante, en un amplio abanico de actividades», señala, al tiempo que echa mano de la reforma del artículo 573 del Código Penal español, que da pie a que muchos actos se interpreten como «terrorismo» solo por tener tinte político.

También compara los hechos ahora investigados con una sentencia de 2015 del Supremo sobre una quema de cajeros en Santutxu. «Si entre los actos denotados como terrorismo callejero se cuentan las prácticas de quienes recurren de forma coordinada a la violencia contra las personas o las cosas, para provocar alarma o pánico, resulta que los aquí contemplados reproducen con llamativa fidelidad ese esquema», asegura.

Falta de competencia respecto al resto

Los magistrados concluyen que respecto a estos dos aforados es «necesario y pertinente que sean llamados al procedimiento, a fin de ser oídos como investigados, con todos los derechos y garantías previstas en nuestro ordenamiento jurídico. Diligencia de investigación que no puede realizar el instructor, sino solo esta Sala Segunda por tratarse de aforados».

El Alto Tribunal español adopta esta decisión después de analizar la exposición razonada elevada por el magistrado de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, en la que exponía los indicios que a su juicio acreditan la participación de los dos aforados en los hechos investigados.

En un auto, notificado este jueves, también declara la falta de competencia de la Sala para instruir y, en su caso, juzgar a las otras 10 personas investigadas que no son aforadas al no advertirse la unidad inescindible de comportamiento que exige la propia Sala para aceptar la competencia respecto a no aforados.

La teniente fiscal del Supremo ha rechazado la imputación por «terrorismo» de modo reiterado pero se ha encontrado con la posición en contra de la Junta de Fiscales del mismo tribunal.

Euskal Herria para poder juzgar a Wagensberg

Wagensberg se exilió en Suiza el pasado mes de enero para esquivar esta persecución judicial española. En su caso, también lo relaciona con una acción de Tsunami Democrátic que en noviembre de 2019 colapsó la muga entre Lapurdi y Gipuzkoa con una «operación caracol»

El Supremo utiliza aquella acción para atribuirse la potestad de enjuiciar a Wagensberg. «Constatado que existe un elemento geográfico que supera el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Catalunya, el conocimiento de los hechos que se imputan a Rubén Wagensberg, con independencia de su concreta calificación, debe corresponde a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo».