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El TSJPV reconoce como enfermedad profesional la epicondilitis de una ayudante de cocina

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha dictaminado que el periodo de baja médica de cinco meses de una ayudante de cocina con diagnóstico de epicondilitis es una enfermedad profesional.

La epicondilitis es una dolencia conocida como «codo de tenista».
La epicondilitis es una dolencia conocida como «codo de tenista». (NAIZ)

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha reconocido como enfermedad profesional la epicondilitis que le fue diagnosticada a una trabajadora y por la que estuvo cinco meses de baja médica, según ha indicado el sindicato CCOO.

La trabajadora, ayudante de cocina de la cooperativa Auzo Lagun, «realiza tareas que pueden ser susceptibles de generar epicondilitis» (dolencia conocida como «codo de tenista») como se reconoció en una sentencia de primera instancia, aunque la Seguridad Social recurrió al considerar que la dolencia era una «enfermedad común», según ha explicado CCOO en una nota.

En sus argumentaciones la Seguridad Social defiende que las tareas de «ayudante de cocina no tienen similitud con las actividades y las exigencias funcionales que se recogen en la norma reglamentaria», en alusión al Real Decreto 1299/2006, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales.

La sentencia del TSJPV desecha ese argumento con «una simple comparación» entre lo establecido en esta legislación para el reconocimiento de la epicondilitis como enfermedad profesional y lo que dice la evaluación de riesgos de la trabajadora.

Según CCOO, el riesgo que entrañaban las tares de la ayudante de cocina «constaban en la evaluación de riesgos de la trabajadora y en un informe de Osakidetza», lo cual fue puesto en conocimiento de la Seguridad Social, «pero este organismo optó por ignorar lo que en ella se decía, perjudicando gravemente a la trabajadora».

El responsable de salud laboral de CCOO de Euskadi, Alfonso Ríos, ha exigido al Instituto Nacional de la Seguridad Social que «no malgaste su tiempo en perjudicar de esta forma a las personas trabajadoras».

Según ha indicado, el sindicato ya denunció públicamente hace un año que la Seguridad Social de Araba había tardado 16 meses en resolver uno de estos casos de un trabajador de una subcontrata de Mercedes, plazo que se ha repetido ahora por ese mismo organismo en la resolución de un recargo de prestaciones por «falta de medidas preventivas para otra trabajadora de ese territorio».