El tribunal popular encargado de juzgar a Leonel B.T., el hombre que mató a cuchilladas a Rebeca Huayta en diciembre de 2022 en un bar de Bilbo, le ha declarado culpable de «asesinato con ensañamiento y alevosía», así como de «maltrato habitual».
La defensa del procesado ya había admitido el «asesinato con ensañamiento», y el jurado también le ha declarado culpable de «alevosía» al entender que no dejó posibilidad alguna de defensa a Rebeca Huayta, su pareja, a la que quitó la vida utilizando un cuchillo y un cristal roto.
También le han considerado culpable de «maltrato habitual», algo que ya había admitido el encausado en su declaración.
El jurado ha considerado probado que el encausado mató a su pareja causándole las lesiones «de manera sorpresiva», sin posibilidad de «defensa eficaz alguna» y de un modo en que aumentó deliberadamente su dolor.
Asimismo, ha admitido las agravantes de género y de parentesco y también la atenuante de confesión de los hechos «pese a la tardanza». Por contra, ha rechazado el resto de atenuantes plateadas por la defensa, de consumo de bebidas alcohólicas, arrebato u obcecación, y reparación del daño.
Las partes se han ratificado en las penas que pidieron en el juicio, y la defensa ha solicitado que se le impongan veinte años de prisión por el «asesinato» y otros 18 meses por el maltrato.
Contra el procesado, de 44 años, las acusaciones pedían 28 años de prisión en total.
La acusación, satisfecha con un pero
Tras quedar el juicio visto para sentencia, el abogado de la familia de Huayta, Joseba Estrade, ha considerado, en declaraciones posteriores a los medios, «muy bueno» el veredicto del jurado, con «la única pega» de la apreciación de la atenuante de confesión.
Dado que «el resto del veredicto ha sido tan agravado, con alevosía, con ensañamiento, etc. y luego también se le ha condenado por el delito de malos tratos», ha esperado que las penas que finalmente se dicten en la sentencia tengan «muy poca variación con respecto a la imposición de la pena máxima de 25 y de tres años».
Por su parte, se ha mostrado «totalmente disconforme» con la apreciación de la confesión porque, en su opinión, durante el juicio «se ha visto perfectamente» cómo, mientras la mujer «moría y sufría», él estuvo «haciendo llamadas a sus amigos» y fue «al de horas» cuando un amigo «le dijo que iba a ir a la policía y él llamó». «La dejó morirse delante de él», ha lamentado.
Por su parte, la abogada de la Asociación Clara Campoamor, Ana Hernando, ha mostrado también su satisfacción por el hecho de que «el jurado haya tenido en cuenta que efectivamente estábamos ante un asesinato y ha contemplado tanto el ensañamiento, que ya había sido reconocido por la defensa, como la alevosía».
Respecto al hecho de que se haya aceptado la atenuante de confesión, ha reiterado que, su opinión, esa confesión «obedecía a que irremediablemente una persona iba a dar cuenta de los hechos a la policía», pero ha admitido que «tampoco se puede negar que efectivamente había una llamada realizada por el propio encausado» a la policía, por lo que «entra dentro de lo comprensible».
La abogada ha explicado que, tras admitirse la confesión del acusado, «lógicamente cabe que el magistrado presidente aprecie algún tipo de rebaja» en su sentencia, aunque «no tendría por qué, porque estábamos hablando de un asesinato con dos circunstancias específicas agravantes, lo que lo sitúa ya en la mitad superior» de las penas previstas, «pero además con dos agravantes: la de género y la de parentesco».
Por su parte, ha confiado en que se le imponga la pena de 25 años de prisión por «asesinato» y de tres por «maltrato habitual», como piden las acusaciones, porque «son unos hechos muy graves». «Para nosotros no cabe otra posibilidad», ha afirmado.